CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto dejar sin efecto la suspensión temporal de exportación de azúcar y complementar el Decreto Supremo Nº 348, de 28 de octubre de 2009.
Artículo 2°.- (Autorización de exportación) Se retiran los siguientes productos del Anexo 2 del Decreto Supremo Nº 29460, de 27 de febrero de 2008, incluidos por el Decreto Supremo Nº 434, de 19 de febrero de 2010, autorizándose su exportación:
AZÚCAR | |
CODIGO | DESCRIPCIÓN |
17.01 | Azúcar de caña o de remolacha y sacarosa químicamente pura, en estado sólido. |
- Azúcar en bruto sin adición de aromatizante ni colorante. | |
1701.11 | - - De caña: |
1701.11.90.00 | - - - Los demás |
- Los demás: | |
1701.99.90.00 | - - - Los demás |
Artículo 3°.- (Complementación) Se incluye el Parágrafo III en el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 348, de 28 de octubre de 2009, con el siguiente texto:
“III. El Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras definirá los volúmenes máximos para las solicitudes de los certificados de suficiencia y abastecimiento interno a precio justo, considerando criterios territoriales de superávit de producción, abastecimiento de mercado interno, y promoviendo la mayor participación de los productores, ya sean individuales o asociados.”
Artículo final Único.- El presente Decreto Supremo entrará en vigencia a partir del 15 de abril de 2010.
Artículo abrogatorio Único.- Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 464, 31 de marzo de 2010 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Deja sin efecto la suspensión temporal de exportación de azúcar y complementa el Decreto Supremo N° 0348, de 28 de octubre de 2009. | ||||
Keywords | Gaceta 118NEC, 2010-03-31, Decreto Supremo, marzo/2010 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/56958 | ||||
Referencias | Gaceta 118NEC,2010-03-31, ncpe.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Sacha Sergio Llorentty Soliz, Rubén Saavedra Soto, Elizabeth Arismendi Chumacero, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luís Alberto Arce Catacora, Luís Fernando Vincenti Vargas, Antonia Rodríguez Medrano, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Carmen Trujillo Cárdenas, Sonia Polo Andrade, María Esther Udaeta Velásquez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemecia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz, Nardy Suxo Iturry, Zulma Yugar Párraga. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.