CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto implementar el Ajuste Adicional Extraordinario, por única vez, para la Compensación de Cotizaciones Mensual - CCM en curso de pago de Asegurados y Derechohabientes del Sistema Integral de Pensiones - SIP, aplicable para la gestión 2019.
Artículo 2°.- (Ajuste adicional extraordinario)
Artículo 3°.- (Aplicación)
Artículo 4°.- (Reintegro) El reintegro del Ajuste Adicional Extraordinario correspondiente al mes de enero de 2019 será cancelado en la planilla de pago correspondiente al mes de febrero de la presente gestión.
Artículo 5°.- (Tope para la compensación de cotizaciones mensual) El Ajuste Adicional Extraordinario deberá considerar el tope establecido para el pago de la CCM de los Asegurados del SIP, de Bs7.974,54 (SIETE mil novecientos SETENTA Y CUATRO 54/100 BOLIVIANOS), determinado en el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 28888, de 18 de octubre de 2006.
Disposición Final Única.- Para el cumplimiento del presente Decreto Supremo:
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 3798, 13 de febrero de 2019 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 13 DE FEBRERO DE 2019.- Implementa el Ajuste Adicional Extraordinario, por única vez, para la Compensación de Cotizaciones Mensual – CCM en curso de pago de Asegurados y Derechohabientes del Sistema Integral de Pensiones – SIP, aplicable para la gestión 2019. | ||||
Keywords | Gaceta 1142NEC, Decreto Supremo, febrero/2019 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/161185 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1142NEC, 201903a.lexml | ||||
Creador | FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Javier Eduardo Zavaleta López, Mariana Prado Noya, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sánchez Fernández, Rafael Alarcón Orihuela, Nélida Sifuentes Cueto, Oscar Coca Antezana, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Milton Gómez Mamani, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, José Manuel Canelas Jaime, Tito Rolando Montaño Rivera. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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