CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (OBJETO) El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar la exención del pago total de los tributos de importación a la donación de mercancías a favor del Ministerio de Gobierno, Ministerio de Salud, Gobierno Autónomo Municipal de Toledo y la Universidad Mayor de San Andrés.
Artículo 2°.- (AUTORIZACIÓN DE EXENCIÓN al MINISTERIO GOBIERNO) Se autoriza la exención del pago total de los tributos de importación de un (1) envío de equipos de vigilancia y seguridad, donación realizada por el Gobierno de la República Popular de China, con Partes de Recepción N° 201 2017 204632 - AHBS2170301, N° 201 2017 204352 - AHBS2170301, N° 201 2017 209660 - AHBS2170301 y N° 201 2017 209665 - AHBS2170301, a favor del Ministerio de Gobierno, para la implementación del Proyecto “Sistema de Vigilancia de Seguridad Ciudadana y la Red de Transmisión de Datos de la Dirección General de Migración”.
Artículo 3°.- (AUTORIZACIÓN DE EXENCIÓN al MINISTERIO DE SALUD) Se autoriza la exención del pago total de los tributos de importación de un (1) envío de medicamentos Glivec HGC de 100 mg. y 400 mg., para leucemia y linfomas, donados por la Empresa Novartis Pharma AG de Suiza, con Parte de Recepción Nº 211 2016 12593 - 5068841304, a favor del Ministerio de Salud, para el Programa Nacional de Enfermedades no Transmisibles.
Artículo 4°.- (AUTORIZACIÓN DE EXENCIÓN al GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE TOLEDO) Se autoriza la exención del pago total de los tributos de importación de dieciséis (16) equipos y un (1) contenedor, donación realizada por la Fundación de Electricidad de Francia - EDF, con Partes de Recepción N° 401 2017 204464 - 1ME720047 y N° 211 2017 188159 - 8075213112, a favor del Gobierno Autónomo Municipal de Toledo, para implantar equipamiento a pozos profundos perforados a través del Proyecto “DASAR JICA” para mejorar el acceso de los habitantes al agua.
Artículo 5°.- (AUTORIZACIÓN DE EXENCIÓN A LA UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS) Se autoriza la exención del pago total de los tributos de importación de un (1) envío de óxido de deuterio, donación realizada por el Organismo Internacional de Energía Atómica - OIEA de Viena - Austria, con Parte de Recepción Nº 211 2017 300525 - USBOS364966 a favor de la Universidad Mayor de San Andrés en el marco del Proyecto: “Efectos de dos tipos de alimentación suplementaria; elaboración local e industrial en municipios de alta vulnerabilidad a la seguridad alimentaria, en crecimiento lineal y composición corporal de niños menores a 2 años 2016 - 2017”.
Los señores Ministerios de Estado en los Despachos de Gobierno; de Salud; de Medio Ambiente y Agua; y de Educación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 3336, 27 de septiembre de 2017 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 27 DE SEPTIEMBRE DE 2017.- Autoriza la exención del pago total de los tributos de importación a la donación de mercancías a favor del Ministerio de Gobierno, Ministerio de Salud, Gobierno Autónomo Municipal de Toledo y la Universidad Mayor de San Andrés. | ||||
Keywords | Gaceta 998NEC, Decreto Supremo, septiembre/2017 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/156698 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 998NEC, 201902b.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, Fernando Huanacuni Mamani, René Martínez Callahuanca, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Reymi Luis Ferreira Justiniano, Mariana Prado Noya, Mario Alberto Guillén Suárez, Luis Alberto Sanchez Fernandez, Rafael Alarcón Orihuela, Eugenio Rojas Apaza, Milton Claros Hinojosa, Félix Cesar Navarro Miranda, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Héctor Andrés Hinojosa Rodríguez, Ariana Campero Nava, Carlos Rene Ortuño Yañez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Cesar Hugo Cocarico Yana, Wilma Alanoca Mamani, Gisela Karina López Rivas, Tito Rolando Montaño Rivera. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerlas e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.