CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo, tiene por objeto establecer la estructura organizacional de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera - AJAM.
Artículo 2°.- (Niveles de organización)
Artículo 3°.- (Nivel desconcentrado) El nivel desconcentrado de la AJAM está compuesto por:
Artículo adicional 1°.- La metodología de actualización y cobro de la patente minera establecida en el Artículo 233 de la Ley Nº 535, serán definidas mediante Resolución Administrativa de la AJAM.
Artículo adicional 2°.- Los activos y otros bienes asignados o adquiridos por la ex AGJAM forman parte del patrimonio de la AJAM.
Artículo adicional 3°.- El financiamiento con fuente del Tesoro General de la Nación - TGN previsto en el Parágrafo II del Artículo 40 de la Ley Nº 535, estará sujeto a su disponibilidad financiera.
Artículo adicional 4°.- La Directora o Director Ejecutivo Nacional designará o removerá a las servidoras y servidores públicos de la AJAM, en todos sus niveles de organización, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.
Artículo transitorio 1°.- Las servidoras y servidores públicos de la ex Autoridad General Jurisdiccional Administrativa Minera - AGJAM y de las Autoridades Regionales Jurisdiccionales Administrativas Mineras - ARJAM’s, podrán ser asimilados a la AJAM, previa evaluación, conforme a la normativa legal vigente.
Artículo transitorio 2°.-
Artículo transitorio 3°.- Los contratos y convenios vigentes, suscritos por la AGJAM serán asumidos por la AJAM.
Artículo abrogatorio Único.- Se abroga el Decreto Supremo Nº 26387, de 8 de noviembre de 2001.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 2200, 3 de diciembre de 2014 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 03 DE DICIEMBRE DE 2014.- Establece la estructura organizacional de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera – AJAM. | ||||
Keywords | Gaceta 705NEC, Decreto Supremo, diciembre/2014 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/152864 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 705NEC, 201412a.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Jorge Perez Valenzuela, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Felix Cesar Navarro Miranda, Elizabeth Sandra Gutierrez Salazar, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, José Antonio Zamora Gutiérrez, Roberto Iván Aguilar Gómez MINISTRO DE EDUCACIÓN E INTERINO DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres, Tito Rolando Montaño Rivera. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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