CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.-
Artículo adicional 1°.- A partir de la próxima gestión, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, mediante Resolución Ministerial asignará los recursos económicos para la adquisición de víveres, en favor de las entidades públicas que cuenten con este beneficio, previa otorgación de los precios referenciales de los productos por parte del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural.
Artículo adicional 2°.- La dotación de víveres para los Batallones de Seguridad Física de la Policía Boliviana, se financia con recursos de la fuente 11-000 “TGN Otros Ingresos” generados por su actividad; para lo cual se debe prever al interior de su presupuesto los recursos para la dotación anual.
Artículo Único.- Se deroga el Parágrafo II del Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 1285, de 4 de julio de 2012, que modifica el Artículo 8 del Reglamento de Beneficios Colaterales de la Policía Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 26970, de 24 de marzo de 2003.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 1973, 9 de abril de 2014 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | (OCHOCIENTOS QUINCE 00/100 BOLIVIANOS) por cada dotación. | ||||
Keywords | Gaceta 634NEC, Decreto Supremo, abril/2014 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/152174 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 634NEC, 201404e.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco MINISTRO DE HIDROCARBUROS Y ENERGIA E INTERINO DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA, Ana Teresa Morales Olivera MINISTRA DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMÍA PLURAL E INTERINA DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS Y DE AUTONOMÍAS, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Felix Cesar Navarro Miranda, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres MINISTRA DE COMUNICACIÓN E INTERINA DE JUSTICIA, Tito Rolando Montaño Rivera. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerlas e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.