CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar el pago único anual de Bs2.658.- (DOS mil SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO 00/100 BOLIVIANOS) como “Viático de Vacunación” por la Gestión 2009, a todos los funcionarios del sector público de salud que prestan servicios de forma directa en este tipo de campañas. Este beneficio no es aplicable al área de profesionales en salud.
Artículo 2°.- (Financiamiento)
Artículo 3°.- (Débito automático) En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el Parágrafo II del Artículo 2 del presente Decreto Supremo, se faculta al Viceministerio del Tesoro y Crédito Público, a requerimiento del Ministerio de Salud y Deportes, a debitar de las cuentas prefecturales los recursos del IDH, para su transferencia al Ministerio de Salud y Deportes con destino a financiar el pago del “Viático de Vacunación”, en aplicación de los Artículos 25 y 26 del Presupuesto General de la Nación - Gestión 2009.
Artículo 4°.- (Aprobación de modificaciones presupuestarias) El Ministerio de Salud y Deportes y las Prefecturas de Departamento tramitarán las modificaciones presupuestarias conforme a las disposiciones establecidas en el Reglamento de Modificaciones Presupuestarias aprobado por el Decreto Supremo Nº 29881.
Artículo 5°.- (Reglamentación) En el marco de lo señalado en el Artículo 19 del Presupuesto General de la Nación - Gestión 2009, el Ministerio de Salud y Deportes reglamentará el pago del “Viático de Vacunación”.
Prefectura | Nº Casos | Importe |
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Chuquisaca | 1.147 | 3.048.726 |
La Paz | 2.877 | 7.647.066 |
Cochabamba | 1.730 | 4.598.340 |
Oruro | 704 | 1.871.232 |
Potosí | 1.106 | 2.939.748 |
Tarija | 997 | 2.650.026 |
Santa Cruz | 2.952 | 7.846.416 |
Beni | 955 | 2.538.390 |
Pando | 331 | 879.798 |
Total | 12.799 | 34.019.742 |
Descripción | Nº Casos | Importe |
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Resto del personal | 436 | 1.158.888 |
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 188, 1 de julio de 2009 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autoriza el pago único anual de Bs2.658, como “Viático de Vacunación” por la Gestión 2009, a todos los funcionarios del sector público de salud que prestan servicios de forma directa en este tipo de campañas. Este beneficio no es aplicable al área de profesionales en salud. | ||||
Keywords | Gaceta 39NEC, 2009-07-01, Decreto Supremo, julio/2009 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/27588 | ||||
Referencias | Gaceta 39NEC,2009-07-01, ncpe.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES Y DEFENSA, Nardi Suxo Iturry MINISTRA DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCION E INTERINA DE DEFENSA LEGAL DEL ESTADO, Carlos Romero Bonifaz, Alfredo Octavio Rada Velez, Noel Ricardo Aguirre Ledezma, Luis Alberto Arce Catacora, Oscar Coca Antezana, Patricia A. Ballivián Estenssoro, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, Luis Alberto Echazú Alvarado, Celima Torrico Rojas, Calixto Chipana Callisaya, René Gonzalo Orellana Halkyer, Roberto Iván Aguilar Gómez MINISTRO DE EDUCACION E INTERINO DE SALUD Y DEPORTES, Julia D. Ramos Sánchez, Pablo Cesar Groux Canedo. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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