CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar el pago único anual de Bs2.750.00.- (DOS mil novecientos CINCUENTA 00/100 BOLIVIANOS) como “Viático de Vacunación” por la Gestión 2010, a todos los funcionarios públicos del sector público de salud que prestan servicios de forma directa en este tipo de campañas. Este beneficio no es aplicable al área de profesionales en salud y a los jubilados del sector.
Artículo 2°.- (Financiamiento) El “Viático de Vacunación” para los servidores públicos en salud señalados en el Artículo 1 del presente Decreto Supremo será financiado con:
Artículo 3°.- (Débito automático) En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el Parágrafo II del Artículo 2 del presente Decreto Supremo, se faculta al Viceministerio del Tesoro y Crédito Público, a requerimiento del Ministerio de Salud y Deportes, debitar de las cuentas de los Gobiernos Autónomos Departamentales los recursos del IDH, para su transferencia al Ministerio de Salud y Deportes con destino a financiar el pago del “Viático de Vacunación”, en aplicación de los Artículos 29 y 35 del Presupuesto General del Estado - Gestión 2010.
Artículo 4°.- (Aprobación de modificaciones presupuestarias) El Ministerio de Salud y Deportes y Gobiernos Autónomos Departamentales, tramitaran las modificaciones presupuestarias conforme a las disposiciones establecidas en el Reglamento de Modificaciones Presupuestarias, aprobado por el Decreto Supremo Nº 29881, de 7 de enero de 2009.
Artículo 5°.- (Reglamentación) En el marco de lo establecido en el Artículo 24 del Presupuesto General del Estado - Gestión 2010, el Ministerio de Salud y Deportes reglamentará el pago del “Viático de Vacunación”.
Gobiernos Autónomos Departamentales | Nº de Casos | Bs. Monto |
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Chuquisaca | 1.160 | 3.190.000 |
La Paz | 2.944 | 8.096.000 |
Cochabamba | 1.796 | 4.939.000 |
Oruro | 736 | 2.024.000 |
Potosí | 1.177 | 3.236.750 |
Tarija | 1.025 | 2.818.750 |
Santa Cruz | 3.007 | 8.269.250 |
Beni | 984 | 2.706.000 |
Pando | 342 | 940.500 |
Total | 13.171 | 36.220.250 |
Adm. Central Ministerio de Salud y Deportes | No de Casos | Importe 2010 |
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Resto de Personal | 441 | 1.212.750 |
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 566, 2 de julio de 2010 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autoriza el pago único anual de Bs2.750.00.- (DOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA 00/100 BOLIVIANOS) como “Viático de Vacunación” por la Gestión 2010, a todos los funcionarios públicos del sector público de salud que prestan servicios de forma directa en este tipo de campañas. | ||||
Keywords | Gaceta 148NEC, 2010-07-02, Decreto Supremo, julio/2010 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/126014 | ||||
Referencias | Gaceta 148NEC,2010-07-02, ncpe.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, Oscar Coca Antezana MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES, Sacha Sergio Llorentty Soliz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elizabeth Arismendi Chumacero, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luís Alberto Arce Catacora, Luís Fernando Vincenti Vargas, Antonia Rodríguez Medrano, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori, Carmen Trujillo Cárdenas, Nila Heredia Miranda, Maria Esther Udaeta Velásquez, Roberto Iván Aguilar Gómez, MINISTRO DE EDUCACION E INTERINO DE TRASPARENCIA INSTITUCIONAL Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, Nemecia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz, Zulma Yugar Párraga. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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