CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar el pago único anual de Bs2.332.- (DOS mil TRESCIENTOS TREINTA Y DOS 00/100 BOLIVIANOS) como “Asignación por Campañas de Vacunación” por la gestión 2008, a favor de los trabajadores en salud dependientes del Ministerio de Salud y Deportes, Instituto Nacional de Laboratorios de Salud - INLASA, Instituto Nacional de Salud Ocupacional - INSO, Escuelas de Salud La Paz y Cochabamba y Servicios Departamentales de Salud. Este beneficio no es aplicable al área de profesionales en salud, a los directivos, jefes y cargos de nivel intermedio en todas las dependencias.
Artículo 2°.- (Financiamiento)
a) Personal de los Servicios Departamentales de Salud Recursos IDH de las Prefecturas Departamentales | Bs2.332.- |
b) Personal del INLASA, INSO, Escuelas de Salud de La Paz y Cochabamba y Administración Central, con recursos provenientes del Tesoro General de la Nación | Bs2.332.- |
Artículo 3°.- (Débito automático) En caso de incumplimiento del Parágrafo II del Artículo 2, se faculta al Viceministerio del Tesoro y Crédito Público, a requerimiento del Ministerio de Salud y Deportes, debitar de las cuentas prefecturales los recursos del Impuesto Directo a los Hidrocarburos - IDH, para su transferencia al Ministerio de Salud y Deportes con destino a financiar la “Asignación por Campañas de Vacunación”, en aplicación de los Artículos 15 y 16 de la Ley que aprueba el Presupuesto General de la Nación - 2008.
Artículo 4°.- (Aprobación de modificaciones presupuestarias) El Ministerio de Salud y Deportes y las Prefecturas de Departamento tramitarán las modificaciones presupuestarias conforme a las disposiciones establecidas en el Reglamento de Modificaciones Presupuestarias aprobado por Decreto Supremo Nº 27849.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 29501, 2 de abril de 2008 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autoriza el pago único anual de Bs2.332.- (DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS 00/100 BOLIVIANOS) como “Asignación por Campañas de Vacunación” por la gestión 2008, a favor de los trabajadores en salud dependientes del Ministerio de Salud y Deportes, Instituto Nacional de Laboratorios de Salud - INLASA, Instituto Nacional de Salud Ocupacional - INSO, Escuelas de Salud La Paz y Cochabamba y Servicios Departamentales de Salud. Este beneficio no es aplicable al área de profesionales en salud, a los directivos, jefes y cargos de nivel intermedio en todas las dependencias. | ||||
Keywords | Gaceta 3079, 2008-04-03, Decreto Supremo, abril/2008 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/27017 | ||||
Referencias | 2008.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Cespedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker San Miguel Rodríguez, Celima Torrico Rojas, Graciela Toro Ibañez, Luis Alberto Arce Catacora, René Gonzalo Orellana Halkyer, Angel Javier Hurtado Mercado, Oscar Coca Antezana MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA, É INTERINO DE HIDROCARBUROS Y ENERGÍA, Susana Rivero Guzmán, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter J. Delgadillo Terceros, Maria Magdalena Cajías de la Vega, Walter Selum Rivero. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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