CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto reglamentar el procedimiento y el precio para realizar la transferencia de los predios, autorizada al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al Liquidador de los ex Entes Gestores de la Seguridad Social, mediante la Ley Nº 433, de 11 de noviembre de 2013.
Artículo 2°.- (Emisión de minutas de transferencia) El liquidador de los ex Entes Gestores de la Seguridad Social, por cuenta del Ministro de Economía y Finanzas Públicas, emitirá las minutas de transferencia, previo pago del cincuenta por ciento (50%) del precio de la transferencia, a ser efectuado por cada beneficiario consignado en el Anexo de la Ley Nº 433.
Artículo 3°.- (Precio) El precio de la transferencia, es de $us24,57 (VEINTICUATRO 57/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), por metro cuadrado, que será calculado de acuerdo a la superficie total transferida a cada beneficiario que figure en el Anexo de la Ley Nº 433.
Artículo 4°.- (Plazo) Los beneficiarios, deberán pagar el precio de los terrenos, en el plazo máximo de dos (2) años calendario, computable desde la emisión de la minuta de transferencia.
Artículo 5°.- (Garantía) El pago del precio por la transferencia, será garantizado con la hipoteca a ser constituida sobre cada lote de terreno, inserta en la minuta de transferencia, la cual será levantada una vez que el precio sea pagado en su totalidad.
Artículo 6°.- (Incumplimiento) al incumplimiento del plazo para el pago del precio de la transferencia, se generará por mora, el interés legal establecido en el Código Civil.
Artículo 7°.- (Responsabilidad)
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 1872, 23 de enero de 2014 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Reglamenta el procedimiento y el precio para realizar la transferencia de los predios, autorizada al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al Liquidador de los ex Entes Gestores de la Seguridad Social, mediante la Ley Nº 433, de 11 de noviembre de 2013. | ||||
Keywords | Gaceta 607NEC, Decreto Supremo, enero/2014 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/150605 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 607NEC, 201402b.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora, Juan José Hernando Sosa Soruco, Ana Teresa Morales Olivera, Arturo Vladimir Sánchez Escobar, Mario Virreira Iporre, Elizabeth Sandra Gutierrez Salazar, Daniel Santalla Torrez, Juan Carlos Calvimontes Camargo, José Antonio Zamora Gutiérrez, Roberto Iván Aguilar Gómez, Nemesia Achacollo Tola, Claudia Stacy Peña Claros, Nardy Suxo Iturry, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres, Tito Rolando Montaño Rivera. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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