CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto impulsar el Programa de Conversión de Vehículos a Gas Natural Vehicular - GNV, en el Departamento de Tarija.
Artículo 2°.- (Aportes de las estaciones de servicio de GNV)
Artículo 3°.- (Convenios) Las Estaciones de Servicio adheridas al Programa del Fondo Rotatorio deberán presentar a la Empresa Distribuidora de Gas Natural en Tarija los convenios suscritos con la Prefectura del Departamento de Tarija, en el marco de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 29563.
Artículo 4°.- (Recursos) Los recursos a ser depositados por la Empresa Distribuidora de Gas Natural en Tarija correspondientes al Parágrafo I del Artículo 2 del presente Decreto Supremo deberán ser los montos erogados por concepto de nuevas conversiones realizadas bajo el Programa del Fondo Rotatorio del Departamento de Tarija, para lo cual las Estaciones de Servicio deberán contar con un sistema informático de control con reportes mensuales a ser remitidos a la Empresa Distribuidora de Gas Natural en Tarija para que realice el desembolso correspondiente, debiendo a su vez la Empresa Distribuidora de Gas Natural en Tarija reportar el desembolso correspondiente a YPFB y al ente regulador.
Artículo 5°.- (Conocimiento) La Prefectura del Departamento de Tarija deberá remitir a YPFB y al ente regulador el detalle de los programas mensuales de conversión a ser implementados por esta, así como la relación de beneficiarios, para su conocimiento.
Artículo derogatorio Único.- Se deroga el Artículo 11 del Decreto Supremo Nº 29563 de 14 de mayo de 2008.
Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 118, 6 de mayo de 2009 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Tiene por objeto impulsar el Programa de Conversión de Vehículos a Gas Natural Vehicular - GNV, en el Departamento de Tarija. | ||||
Keywords | Gaceta 27NEC, 2009-05-07, Decreto Supremo, mayo/2009 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/27521 | ||||
Referencias | Gaceta 27NEC,2009-05-07, ncpe.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Romero Bonifaz, Alfredo Octavio Rada Velez, Walker Sixto San Miguel Rodríguez, Héctor E. Arce Zaconeta, Noel Ricardo Aguirre Ledezma, Luis Alberto Arce Catacora, Oscar Coca Antezana, Patricia A. Ballivián Estenssoro, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, Luis Alberto Echazú Alvarado, Celima Torrico Rojas, Calixto Chipana Callizaya, Jorge Ramiro Tapia Sainz, MINISTRO DE SALUD Y DEPORTES E INTERINO DE TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCION, René Gonzalo Orellana Halkyer, Roberto Iván Aguilar Gómez, Julia D. Ramos Sánchez, Pablo César Groux Canedo. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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