CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se modifica la escala del artículo 11 del Decreto Supremo Nº 08815 de 27 de Junio de 1969, en la siguiente forma:
Artículo 2°.- Se complementa el Artículo 13 del Decreto Supremo Nº 08815 de 27 de Junio del año en curso, en la siguiente forma:
La exención de derechos tendrá validez por una sóla vez y siempre que la solicitud sea presentada al Ministerio de Hacienda, dentro de los 180 días computados desde la fecha de cesación de servicios del respectivo funcionario y éste retornase dentro de ese plazo a residir en el país.
Artículo 3°.- Estando expresamente derogado el Decreto Supremo Nº 07947 de 9 de Marzo de 1967, se aclara que las disposiciones del Decreto Supremo Nº 08815 de 27 de Junio del año en curso, son de aplicación obligatoria desde la fecha de su promulgación, incluyendo a los vehículos importados con anterioridad a dicha data, cuya autorización de transferencia sea concedida por el Ministerio de Hacienda con posterioridad a la misma.
Artículo 4°.- Los convenios acordados a este respecto con los gobiernos de naciones amigas y que tengan, establecido un tratamiento excepcional, son de preferente aplicación a las disposiciones posteriormente dictadas mientras se encuentren vigentes.
Artículo 5°.- Por equidad y como caso excepcional, los funcionarios diplomáticos y consulares de carrera bolivianos, que hayan cesado en sus funciones con anterioridad al 27 de Junio pasado, podrán efectuar la importación directa de sus automóviles dentro del término señalado por el Artículo 2° del presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 8870, 31 de julio de 1969 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se modifica la escala del artículo 11 del D.S. Nº 08815 de 27 de Junio de 1969, en la siguiente forma: | ||||
Keywords | Gaceta 462Costo de Edición:5 Bs., Decreto Supremo, julio/1969 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/3551 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 462Costo de Edición:5 Bs., 202106f.lexml | ||||
Creador | FDO. DR. LUIS ADOLFO SILES SALINAS, Gustavo Medeiros, Eufronio Padilla, Luis D’Avis S., Víctor Quinteros M., Gustavo Méndez T., Walter Montenegro, Mario Quintela Vaca Diez, Alcira Espinoza, Félix Gómez, Rodolfo Luzio Lazarte. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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