CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- La provisión de cargos que se hubieran efectuado en los organismos del Gobierno Central y las Entidades Descentralizadas dependientes económicamente del Tesoro Nacional que aún no hayan cumplido con la firma del Ministerio de Hacienda, tendrán validéz con carácter excepcional en esta gestión a partir de la fecha de su designación por el Servicio respectivo.
Artículo 2°.- Los Servicios y Entidades referidos, podrán efectuar designaciones con la validéz acordada por el artículo anterior hasta el 30 de Agosto del año en curso, sin perjuicio del trámite que corresponde al Ministerio de Hacienda. Con posterioridad a la fecha indicada los nombramientos surtirán efectos a partir de la inscripción en la Dirección de Contabilidad Central en la forma prescrita por el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 08690 de 12 de Marzo de 1969.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 8858, 31 de julio de 1969 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | La provisión de cargos que se hubieran efectuado en los organismos del Gobierno Central y las Entidades Descentralizadas " | ||||
Keywords | Gaceta 462Costo de Edición:5 Bs., Decreto Supremo, julio/1969 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/3539 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 462Costo de Edición:5 Bs., 202106f.lexml | ||||
Creador | FDO. DR. LUIS ADOLFO SILES SALINAS, Dr. Gustavo Medeiros Querejazu, Cnl. Eufronio Padilla, Gral. Enrique Gallardo, Sr. Luis D’Avis, Dr. Víctor Quinteros R., Ing. Gustavo Méndez Torrico, Dr. Walter Montenegro, Dr. Ernesto David Pereira, Dr. Mario Quintela Vaca Diez, Dra. Alcira Espinoza, Sr. Félix Gómez, Dr. Alvaro Torrico, Lic. Lucio Paz R., Rodolfo Luzio Lazarte. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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