CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Se deroga el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 08742 de 22 de Abril de 1969, liberándose en consecuencia al Comité de Desarrollo y Obras Públicas de Chuquisaca, de prestar su aval a las obligaciones surgidas de los contratos suscritos originariamente por el Ministerio de Economía Nacional y subrogados luego a la H. Alcaldía Municipal de Sucre, con las empresas "Degremont", S. A., y Compagnie Generale d’Enterprises Electriques (‘COGELEX’), a fin de que el nombrado Comité tenga inafectados sus recursos y pueda contraer préstamos y empréstitos para la ejecución de sus programas y proyectos.
| Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 8853, 17 de julio de 1969 | ||||
|---|---|---|---|---|---|
| Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
| Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
| Sumario | Se deroga el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 08742 de 22 de Abril de 1969. | ||||
| Keywords | Gaceta 461Costo de Edición:5 Bs., Decreto Supremo, julio/1969 | ||||
| Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/3534 | ||||
| Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 461Costo de Edición:5 Bs., 202106f.lexml | ||||
| Creador | FDO. DR. LUIS ADOLFO SILES SALINAS, Dr. Gustavo Medeiros Querejazu, Cnl. Eufronio Padilla, Sr. Luis d'Avis S., Dr. Víctor Quinteros R., Ing. Gustavo Méndez Torrico, Dr. Wálter Montenegro, Lic. René Candia, Dra. Alcira Espinoza, Sr. Félix Gómez, Dr. Alvaro Torrico, Lic. Lucio Paz R., Sr. Rodolfo Luzio Lazarte, Hugo Sandóval Saavedra. | ||||
| Contribuidor | DeveNet.net | ||||
| Publicador | DeveNet.net | ||||
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