CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS, Y CON DICTÁMEN FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL DE DESARROLLO Y ESTABILIZACIÓN,
DECRETA:
Artículo 1°.- Autorízase a las Universidades del país para organizar empresas industriales o formar parte de sociedades privadas, públicas o mixtas que persigan fines productivos en cualquier rama de la actividad económica nacional, sujetándose en cada caso al régimen legal correspondiente.
Artículo 2°.- La Contraloría General de la República, que fiscaliza la administración de los fondos de cada Universidad, quedará encargada de fiscalizar también el manejo de los recursos económicos que las Universidades inviertan y obtengan en las empresas industriales mencionadas en el anterior artículo.
Artículo 3°.- Las Universidades que necesitan negociar emprésitos internos o externos, con sujeción a disposiciones legales vigentes, para financiar la organización de empresas industriales o formar parte de las sociedades privadas o públicas a que se refiere el artículo 1° de este Decreto, además de la aprobación legislativa prescrita por el Art.185 de la Constitución Política del Estado, deberán previamente obtener la aprobación del Consejo Nacional de Desarrollo y Estabilización.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 8767, 27 de mayo de 1969 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorízase a las Universidades del país para organizar empresas industriales o formar parte de sociedades privadas. | ||||
Keywords | Gaceta 453, Decreto Supremo, mayo/1969 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/3435 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 453, 202106f.lexml | ||||
Creador | FDO. DR. LUIS ADOLFO SILES SALINAS, Gustavo Medeiros, Gral. Enrique Gallardo, Luis D´Avis, Víctor Quinteros, Gustavo Méndez T., René Candia, Mario Quintela, Alcira Espinoza, Félix Gómez, Alvaro Torrico, Wálter Montenegro, Lucio Paz, Rodolfo Luzio. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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