CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS, Y CON CARGO DE APROBACIÓN LEGISLATIVOA,
DECRETA:
Artículo 1°.- Autorízase a la Empresa Nacional de Ferrocarriles para que realice las siguientes transferencias, a título oneroso, de terrenos de su propiedad, no aprovechables en el servicio ferroviario;
Artículo 2°.- El monto que se recaude por los anteriores conceptos, será destinado a planes de rehabilitación de los ferrocarriles del Estado.
Artículo 3°.- Se autoriza, asimismo, a los señores Presidente y Gerente de la Empresa Nacional de Ferrocarriles, Fiscal de Gobierno y Contralor General de la República, a suscribir las respectivas escrituras individuales de transferencia, en representación del Supremo Gobierno, debiendo estipularse en cada contrato la forma de pago y las cláusulas de seguridad que sean necesarias.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 8624, 28 de enero de 1969 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorízase a la Empresa Nacional de Ferrocarriles para que realice las siguientes transferencias, a título oneroso, de terrenos de su propiedad, no aprovechables en el servicio ferroviario | ||||
Keywords | Gaceta 437, Decreto Supremo, enero/1969 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/3157 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 437, 202106f.lexml | ||||
Creador | FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Víctor Hoz de Vila Vacarreza; Cap. David Fernández V.; Rolando Pardo Rojas; Angel Baldivieso; Gustavo Méndez T.; Edwin Tapia; Gral. Hugo Suárez G.; Alberto Larrea H.; René Baldivieso; Ignacio Paravicini; Alvaro Torrico; Jorge Ríos Gamarra. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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