CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO:
DECRETA:
Artículo 1°.- Para la presentación del correspondiente Informe en Conclusiones, prorrógase por 90 días el plazo concedido por el Decreto Supremo Nº 08412 de 9 de Julio del año en curso, a la Comisión encargada del estudio de las bases para el establecimiento de un Complejo Industrial de Manufacturas Metálicas en el Sur de Bolivia.
Artículo 2°.- Sin perjuicio de lo determinado en el artículo precedente se faculta al señor Ministro de Obras Públicas, Comunicaciones y Transporte a fin de que en caso de ser necesario, mantenga en funciones a la mencionada Comisión por el tiempo que fuese indispensable para absolver consultas, orientar y asesorar a las firmas y entidades que pudieran interesarse en el establecimiento del referido Complejo Industrial.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 8509, 16 de octubre de 1968 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Para la presentación del correspondiente informe en conclusiones, prorrógase por 90 días el plazo concedido por el Decreto Supremo Nº 08412 de 9 de julio del año en curso, a la Comisión encargada del estudio de las bases para el establecimiento de un Complejo Industrial de Manufacturas Metálicas en el Sur de Bolivia | ||||
Keywords | Gaceta 423, Decreto Supremo, octubre/1968 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/3948 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 423, 202106f.lexml | ||||
Creador | FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑN; Cap. David Fernández V.; Gral. Enrique Gallardo B.; Rolando Pardo Rojas; Angel Baldivieso; Gustavo Méndez T.; Edwin Tapia, Gral. Hugo Suárez G.; Alberto Larrea Humerez; René Baldivieso; Joaquin Villanueva; Ignacio Paravicini; Alvaro Torrico; Dante Pavisich; Víctor Hoz de Vila. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.