Bolivia: Decreto Supremo Nº 29817, 26 de noviembre de 2008

ÁLVARO MARCELO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Artículo 87 del Decreto Supremo Nº 28631 de 8 de marzo de 2006, Reglamento a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo, señala que entre las funciones del Viceministro de Salud esta coordinar las acciones técnico - operativas con la cooperación internacional para armonizar la gestión de la salud, en el marco de las políticas y prioridades del país y el Gobierno Nacional.
  • Que el 13 de abril de 2006 los representantes del Gobierno de la República de Bolivia y del Gobierno de la República de Francia, firmaron el “Convenio Relativo al Desembolso de una Ayuda Presupuestaria” para financiar la implementación de Equipos SAFCI en áreas Peri-Urbanas de Grandes Conglomerados, a ser ejecutado por el Ministerio de Salud y Deportes.
  • Que el 22 de mayo de 2007, se suscribió el Convenio Interinstitucional de Financiamiento CIF UAP/FRA/1096/2007 del Proyecto de Implementación de Equipos Móviles SAFCI en Áreas Peri-Urbanas de Grandes Conglomerados de los Departamentos de La Paz (municipios de El Alto y La Paz), Santa Cruz y Cochabamba, entre el Ministerio de Salud y Deportes y el Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo.
  • Que el Convenio Interinstitucional de Financiamiento CIF UAP/FRA/1096/2007 del Proyecto de Implementación de Equipos SAFCI en Áreas Peri Urbanas de Grandes Conglomerados de los Departamentos de La Paz (municipios de El Alto y La Paz), Santa Cruz y Cochabamba, contempla la compra de nueve (9) vehículos para el desplazamiento del personal de los Equipos Móviles SAFCI en las áreas Peri-Urbanas de los mencionados Departamentos.
  • Que el Ministerio de Salud y Deportes emitió la Resolución Ministerial Nº 0251 de 22 de abril de 2008, que aprueba el traspaso presupuestario presentado por el Proyecto de Implementación de Equipos SAFCI en Áreas Peri-Urbanas de Grandes Conglomerados para la compra de nueve (9) vehículos.
  • Que el Artículo 20 del Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, modificado por Decreto Supremo Nº 29364 de 5 de diciembre de 2007, prohíbe a las entidades públicas la compra o alquiler de vehículos, por lo que es necesario exceptuar al Ministerio de Salud y Deportes de la aplicación de la citada disposición, a fin de que el Proyecto de Implementación de Equipos Móviles SAFCI en áreas Peri-Urbanas de Grandes Conglomerados pueda dar cumplimiento a sus objetivos.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. Se autoriza al Ministerio de Salud y Deportes, la compra de nueve (9) vehículos tipo camioneta doble cabina 4x4 modelo estándar, destinada para el desarrollo de las actividades en la implementación de Equipos móviles SAFCI en Áreas Peri-Urbanas de Grandes Conglomerados de los Municipios de los Departamentos de La Paz (La Paz y El Alto), Santa Cruz y Cochabamba, en el marco de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.
  2. La compra de los vehículos, se financiara con cargo a recursos de contravalor del Gobierno de Francia, de acuerdo a convenio del mencionado proyecto.


El señor Ministro de Estado, en el Despacho de Salud y Deportes, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil ocho.
Fdo. ÁLVARO MARCELO GARCIA LINERA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker Sixto San Miguel Rodríguez, Celima Torrico Rojas, René Gonzalo Orellana Halkyer, Susana Rivero Guzmán, MINISTRA DE PRODUCCIÓN Y MICROEMPRESA E INTERINA DE HACIENDA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO, Oscar Coca Antezana, Carlos Romero Bonifaz, Saúl Ávalos Cortez, Luís Alberto Echazú Alvarado, Walter J. Delgadillo Terceros, Roberto I. Aguilar Gómez, Jorge Ramiro Tapia Sainz, Héctor E. Arce Zaconeta.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 29817, 26 de noviembre de 2008
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAutoriza al Ministerio de Salud y Deportes, la compra de nueve (9) vehículos tipo camioneta doble cabina 4x4 modelo estándar, destinada para el desarrollo de las actividades en la implementación de Equipos móviles SAFCI en Áreas Peri-Urbanas de Grandes Conglomerados de los Municipios de los Departamentos de La Paz (La Paz y El Alto), Santa Cruz y Cochabamba.
KeywordsGaceta 3145, 2008-11-27, Decreto Supremo, noviembre/2008
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/27332
Referencias2008.lexml
CreadorFdo. ÁLVARO MARCELO GARCIA LINERA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker Sixto San Miguel Rodríguez, Celima Torrico Rojas, René Gonzalo Orellana Halkyer, Susana Rivero Guzmán, MINISTRA DE PRODUCCIÓN Y MICROEMPRESA E INTERINA DE HACIENDA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO, Oscar Coca Antezana, Carlos Romero Bonifaz, Saúl Ávalos Cortez, Luís Alberto Echazú Alvarado, Walter J. Delgadillo Terceros, Roberto I. Aguilar Gómez, Jorge Ramiro Tapia Sainz, Héctor E. Arce Zaconeta.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-27327] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27327, 31 de enero de 2004
Marco de austeridad racionalizando el gasto de las entidades públicas, exceptuando los Gobiernos Municipales y Universidades.
[BO-DS-28631] Bolivia: Reglamento a la Ley de Organización del Poder Ejecutivo, DS Nº 28631, 8 de marzo de 2006
reglamentar la Ley Nº 3351, de 21 febrero de 2006, de Organización del Poder Ejecutivo, en el marco de la política definida por el Gobierno Nacional
[BO-DS-29364] Bolivia: Decreto Supremo Nº 29364, 5 de diciembre de 2007
Modifica el Parágrafo IV e incorporar los Parágrafos V y VI del Artículo 17, y modifica los Artículos 20 y 21 del Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004. (Austeridad)

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