CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar y complementar el “Reglamento Único del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT” aprobado mediante Decreto Supremo Nº 27295 de 20 de diciembre de 2003, modificado parcialmente por los Decretos Supremos Nº 27900 de 10 de diciembre de 2004, Nº 29084 de 28 de marzo de 2007 y Nº 29374 de 12 de diciembre de 2007.
Artículo 2°.- (Modificaciones e inclusiones)
“ARTÍCULO 37.- (OFERTA DE SERVICIOS). Anualmente la Superintendencia de Pensiones Valores y Seguros convocará a competencia de precios para la Autorización de Comercialización del SOAT a las Entidades Aseguradoras de Seguros Generales legalmente establecidas en el país y que cumplan los requisitos exigidos por la Superintendencia de Pensiones Valores y Seguros. La autorización de comercialización del SOAT será otorgada a la entidad aseguradora que oferte los precios más bajos, no pudiendo ser modificados hacia la alza posteriormente. Podrá otorgarse adicionalmente autorización de comercialización SOAT a las compañías que voluntariamente acepten comercializar a esos precios siempre y cuando atiendan con preferencia vehículos del servicio público. Las entidades aseguradoras autorizadas por la Superintendencia de Pensiones Valores y Seguros a ofertar el SOAT, tienen la obligación ineludible de contratar el SOAT, independientemente del origen, marca, tipo, modelo, año de fabricación y actividad al que esté destinado el vehículo, respetando los precios establecidos de acuerdo al procedimiento señalado en el presente Artículo.”
“ARTÍCULO 38.- (PRIMA). Las primas serán fijadas mediante convocatoria pública a competencia de precios realizada por la Superintendencia de Pensiones Valores y Seguros anualmente y resultarán de la oferta mas baja por tipo de vehículo que se verifique en el mencionado proceso. Las primas resultantes, no podrán discriminar origen, marca, modelo, año de fabricación y únicamente se diferenciarán por tipo de vehículo, uso y departamento o conjunto de ellos. Las primas así establecidas serán fijas durante toda la gestión correspondiente y aplicables a nivel nacional.”
Artículo 3°.- (Texto ordenado) Se autoriza a la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros a compilar y publicar el Texto Ordenado del “Reglamento Único del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT” aprobado mediante Decreto Supremo Nº 27295 de 20 de diciembre de 2003, modificado parcialmente por el Decreto Supremo Nº 27900 de 10 de diciembre de 2004, Nº 29084 de 28 de marzo de 2007, Nº 29374 de 12 de diciembre de 2007 y el presente Decreto Supremo.
Artículo transitorio Único.- (Tarifas para el 2009)
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 29808, 21 de noviembre de 2008 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Modifica y complementa el “Reglamento Único del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT” aprobado mediante Decreto Supremo N° 27295 de 20 de diciembre de 2003, modificado parcialmente por los Decretos Supremos N° 27900 de 10 de diciembre de 2004, N° 29084 de 28 de marzo de 2007 y N° 29374 de 12 de diciembre de 2007. | ||||
Keywords | Decreto Supremo, noviembre/2008 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/27323 | ||||
Referencias | 2008.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, MINISTRO DE RR. EE. Y CULTOS É INTERINO DE GOBIERNO, Juan Ramón Quintana Taborga, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA É INTERINO DE DEFENSA NACIONAL, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Arce Catacora, René Gonzalo Orellana Halkyer, MINISTRO DEL AGUA É INTERINO SIN CARTERA RESP. DE LA DEFENSA LEGAL DE LAS RECUPERACIONES ESTATALES, Susana Rivero Guzmán, Oscar Coca Antezana, Carlos Romero Bonifaz, Saúl Ávalos Cortez, Luís Alberto Echazú Alvarado, Walter J. Delgadillo Terceros MINISTRO DE TRABAJO É INTERINO DE JUSTICIA Roberto I. Aguilar Gómez, Jorge Ramiro Tapia Sainz | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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