CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar el Decreto Supremo Nº 27384 de 20 de febrero de 2004, así como regular las acreencias sociales en el marco de la aplicación del Artículo 26 de la Ley Nº 2495 de 4 de agosto de 2003, de Reestructuración Voluntaria.
Artículo 2°.- (Modificación del Decreto Supremo Nº 27384)
“- Estados financieros y flujo de fondos debidamente sustentados proyectados para el período de vigencia del Plan de Reestructuración.”
“II. Los montos de las quitas y los términos y condiciones de los planes de pago de los créditos de las acreencias públicas, resultarán del promedio ponderado de las quitas y de los términos y condiciones de los planes de pago aprobados por los demás acreedores registrados en el marco del Acuerdo de Transacción. Los montos de las quitas a capital, en los intereses y accesorios correspondientes a las acreencias públicas, en ningún caso podrán exceder el uno por ciento (1%) del saldo deudor a la fecha del registro de las acreencias ante la Superintendencia de Empresas, Las instituciones estatales acreedoras no capitalizarán sus créditos.”
Artículo 3°.- (Obligaciones sociales) Los Acuerdos de Transacción no podrán considerar la modificación de las condiciones de pago de las obligaciones sociales (laborales y de seguridad social) de las empresas sujetas a reestructuración, en aplicación de las disposiciones legales en materia social.
Artículo derogatorio Único.- Se deroga el Parágrafo I del Artículo Único del Decreto Supremo Nº 28414 de 21 de octubre de 2005, quedando vigente su Parágrafo II a los efectos de la aplicación del presente Decreto Supremo.
Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 29535, 30 de abril de 2008 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Modifica el Decreto Supremo N° 27384 de 20 de febrero de 2004, así como regula las acreencias sociales en el marco de la aplicación del Artículo 26 de la Ley N° 2495 de 4 de agosto de 2003, de Reestructuración Voluntaria. | ||||
Keywords | Gaceta 3087, 2008-04-30, Decreto Supremo, abril/2008 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/27051 | ||||
Referencias | 2008.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTOS, Alfredo Octavio Rada Vélez, Walker San Miguel Rodríguez, Celima Torrico Rojas, Graciela Toro Ibañez, Luis Alberto Arce Catacora, René Gonzalo Orellana Halkyer, Angel Javier Hurtado Mercado, Oscar Coca Antezana, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter J. Delgadillo Terceros, Maria Magdalena Cajías de la Vega, Walter Selum Rivero. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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