Bolivia: Decreto Supremo Nº 28808, 24 de julio de 2006

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la Ley Nº 3364 de 6 de marzo de 2006 - Ley Especial de Convocatoria a la Asamblea Constituyente, establece que la sede de la Asamblea Constituyente será en la ciudad de Sucre, Capital Constitucional de la República, la misma que deberá instalarse después del respectivo proceso electoral el día 6 de agosto del 2006.
  • Que el Decreto Supremo Nº 28790 de 12 de julio de 2006, ha constituido la Comisión Nacional de Organización e Instalación de la Asamblea Constituyente, la misma que está presidida por el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Cultos y se autorizó al Ministerio de Hacienda el traspaso de Bs5.000.000.- (CINCO MILLONES 00/100 BOLIVIANOS) al Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos para cubrir los gastos que demandan las ceremonias de instalación de la Asamblea Constituyente, actos protocolares y atenciones oficiales.
  • Que es necesario agilizar la ejecución presupuestaria, en corto tiempo, es imprescindible la participación y la transferencia parcial de recursos al Ministerio de Defensa Nacional.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Se autoriza al Ministerio de Hacienda el traspaso de recursos del Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos al Ministerio de Defensa Nacional por Bs1.000.000.- (UN MILLON 00/100 BOLIVIANOS) para cubrir los gastos que demandan la instalación de la Asamblea Constituyente, actos protocolares y atenciones oficiales.


Los señores Ministros de Estado en los despachos de Relaciones Exteriores y Cultos, Defensa Nacional y Hacienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los vienticuatro días del mes de julio del año dos mil seis.
Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alicia Muñoz Alá, Walker San Miguel Rodríguez, Casimira Rodríguez Romero, Luis Alberto Arce Catacora, Abel Mamani Marca, Celinda Sosa Lunda, Salvador Ric Riera Ministro de OO. PP. Servicios y Vivienda e Interino de Planificación del Desarrollo, Andrés Solíz Rada, Walter Villarroel Morochi, Santiago Alex Gálvez Mamani Ministro de Trabajo e Interino de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, Félix Patzi Paco, Nila Heredia Miranda.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 28808, 24 de julio de 2006
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe autoriza al Ministerio de Hacienda el traspaso de recursos del Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos al Ministerio de Defensa Nacional por Bs1.000.000 (UN MILLON 00/100 BOLIVIANOS) para cubrir los gastos que demandan la instalación de la Asamblea Constituyente, actos protocolares y atenciones oficiales.
KeywordsGaceta 2911, 2006-07-26, Decreto Supremo, julio/2006
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/26303
Referencias2006.lexml
CreadorFdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Alicia Muñoz Alá, Walker San Miguel Rodríguez, Casimira Rodríguez Romero, Luis Alberto Arce Catacora, Abel Mamani Marca, Celinda Sosa Lunda, Salvador Ric Riera Ministro de OO. PP. Servicios y Vivienda e Interino de Planificación del Desarrollo, Andrés Solíz Rada, Walter Villarroel Morochi, Santiago Alex Gálvez Mamani Ministro de Trabajo e Interino de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, Félix Patzi Paco, Nila Heredia Miranda.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-3364] Bolivia: Ley especial de convocatoria a la Asamblea Constituyente, 6 de marzo de 2006
Ley especial de Convocatoria a la Asamblea Constituyente
[BO-DS-28790] Bolivia: Decreto Supremo Nº 28790, 12 de julio de 2006
Constituir la Comisión Nacional de Organización e Instalación de la Asamblea Constituyente.

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