CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- El objeto del presente Decreto Supremo es el de adecuar criterios para la fijación del valor concesional de adjudicación simple, en favor de colonizadores individuales, en la subzona Santa Cruz, enmarcados en el contenido del artículo 15 de la Ley Fundamental de Reforma Agraria No.3464.
Artículo 2°.- Las unidades económico familiares objeto del presente Decreto Supremo estarán sujetas a la fijación del valor concesional, cuando la extensión superficial total no supere las sesenta y cinco hectáreas (65 Ha.), siempre que no se exceda las cincuenta hectáreas (50 Ha.) de terreno cultivable.
Artículo 3°.- La aplicación de este valor concesional, comprenderá el área mencionada en el artículo primero, incluso cuando el precio no haya sido pagado en su totalidad. A este efecto, el Instituto Nacional de Reforma Agraria, de oficio en los casos específicos, realizará las consultas de precios ante la Superintendencia Agraria.
Artículo 4°.- Las disposiciones del presente Decreto Supremo, bajo ningún argumento, podrán ser utilizadas para encubrir fraccionamiento de propiedades. Quienes incurran en fraccionamiento de propiedades serán pasibles a las acciones legales correspondientes.
Abróganse y deróganse todas las normas y disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 28735, 2 de junio de 2006 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Adecuar criterios para la fijación del valor concesional de adjudicación simple, en favor de colonizadores individuales, en la subzona Santa Cruz. | ||||
Keywords | Gaceta 2893, 2006-06-02, Decreto Supremo, junio/2006 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/26240 | ||||
Referencias | 2006.lexml | ||||
Creador | Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga Ministro de la Presidencia e Interino de RR. EE. y Cultos, Alicia Muñoz Alá, Walker San Miguel Rodríguez, Casimira Rodríguez Romero Ministra de Justicia e Interina de Educación y Culturas, Carlos Villegas Quiroga, Luís Alberto Arce Catacora, Abel Mamani Marca, Celinda Sosa Lunda, Salvador Ric Riera, Hugo Salvatierra Gutiérrez, Andrés Solíz Rada, Walter Villarroel Morochi, Santiago Alex Gálvez Mamani, Nila Heredia Miranda. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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