Bolivia: Decreto Supremo Nº 28409, 21 de octubre de 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que los Artículos 2 y 6 de la Ley Nº 2042 de 21 de diciembre de 1999 - Ley de Administración Presupuestaria, establece que la Máxima Autoridad Ejecutiva de la entidad es responsable de la correcta ejecución presupuestaria de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 1178 y faculta al Poder Ejecutivo a realizar modificaciones presupuestarias intrainstitucionales e interinstitucionales de acuerdo al Reglamento de Modificaciones Presupuestarias contenidas en el Decreto Supremo Nº 27849 de 12 de noviembre de 2004, siempre y cuando estas no contravengan disposiciones legales y administrativas en actual vigencia.
  • Que el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, dentro el marco de austeridad y racionalización del gasto de las entidades públicas, establece que cualquier incremento en las partidas 25200 “Estudios e investigaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público” deberán ser aprobados mediante Decreto Supremo.
  • Que el Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo y el Viceministerio de Desarrollo Alternativo, en fecha 21 de septiembre de 2005 suscribieron el Convenio Interinstitucional de Financiamiento CIF DAP/CCC-98/1046/2005, con el objetivo de cubrir los costos que demande la implementación del proyecto “Apoyo a la Nueva Estrategia de Desarrollo Alternativo en Bolivia mediante el Fondo Nacional de Desarrollo Alternativo FONADAL - YUNGAS” por un monto programado de Bs.1.632.000.- (UN MILLON SEISCIENTOS TREINTA Y DOS mil 00/100 BOLIVIANOS), con fuente de financiamiento de Fondos de Contravalor del Convenio de Crédito Gobierno de Bolivia - Commodity Credit Corporation - CCC Gestión 1998.
  • Que el Viceministerio de Desarrollo Alternativo a través del Proyecto “Apoyo a la Nueva Estrategia de Desarrollo Alternativo en Bolivia mediante el Fondo Nacional de Desarrollo Alternativo FONADAL -YUNGAS”, ha justificado la necesidad de realizar modificaciones presupuestarias, destinadas a la contratación de servicios de consultorías para el Proyecto.
  • Que tomando en cuenta lo anteriormente citado, es necesario dictar la presente norma, la misma que en el marco del Capítulo IX del Decreto Supremo Nº 27230 de 31 de octubre de 2003, fue aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica - CONAPE en fecha 19 de octubre de 2005.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo Único.- Se aprueba y autoriza el incremento de la partida 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público” por un monto de Bs.510.000.- (QUINIENTOS DIEZ mil 00/100 BOLIVIANOS), en el presupuesto del Viceministerio de Desarrollo Alternativo para el Proyecto “Apoyo a la Nueva Estrategia de Desarrollo Alternativo de Bolivia, a cargo del Fondo Nacional de Desarrollo Alternativo - FONADAL - YUNGAS, financiado mediante traspaso presupuestario Interinstitucional realizado por el Tesoro General de la Nación con Recursos de Contravalor del Convenio de Crédito Gobierno de Bolivia - Commodity Credit Corporation - CCC, Gestión 1988, de acuerdo al Anexo adjunto al presente Decreto Supremo.


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y, Asuntos Campesinos y Agropecuarios quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de octubre del año dos mil cinco.
Fdo. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Waldo Gutiérrez Iriarte, Martha Bozo Espinoza, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Jaime Eduardo Dunn Castellanos, Maria Cristina Mejía Barragán, Lourdes Ortiz Daza Ministra Interina de Salud y Deportes, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Ribera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 28409, 21 de octubre de 2005
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueba y autoriza el incremento de la partida 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público” por Bs. 510.000 , en el presupuesto del Viceministerio de Desarrollo Alternativo para el Proyecto “Apoyo a la Nueva Estrategia de Desarrollo Alternativo de Bolivia, a cargo del Fondo Nacional de Desarrollo Alternativo - FONADAL - YUNGAS.
KeywordsGaceta 2804, 2005-10-25, Decreto Supremo, octubre/2005
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25914
Referencias2005.lexml
CreadorFdo. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Waldo Gutiérrez Iriarte, Martha Bozo Espinoza, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Jaime Eduardo Dunn Castellanos, Maria Cristina Mejía Barragán, Lourdes Ortiz Daza Ministra Interina de Salud y Deportes, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Ribera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1178] Bolivia: Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO), 20 de julio de 1990
Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO)
[BO-L-2042] Bolivia: Ley de Administracion Presupuestaria, 21 de diciembre de 1999
Ley de Administracion Presupuestaria. Publicada en Gaceta Oficial de Bolivia N° 2193
[BO-DS-27230] Bolivia: Adecuaciones y complementaciones a la estructura del Poder Ejecutivo, DS Nº 27230, 31 de octubre de 2003
ADECUACIONES Y COMPLEMENTACIONES A LA ESTRUCTURA DEL PODER EJECUTIVO.
[BO-DS-27327] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27327, 31 de enero de 2004
Marco de austeridad racionalizando el gasto de las entidades públicas, exceptuando los Gobiernos Municipales y Universidades.
[BO-DS-27849] Bolivia: Reglamento de Modificaciones Presupuestarias, DS Nº 27849, 12 de noviembre de 2004
Se aprueba el nuevo Reglamento de Modificaciones Presupuestarias.

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