Bolivia: Decreto Supremo Nº 28220, 24 de junio de 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que en fecha 13 de septiembre de 2000, la República de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento - AIF - Banco Mundial, suscribieron el Convenio de Crédito Nº 3378 Proyecto LIL. Fortalecimiento de Capacidad de Gestión Socio Ambiental en el Sector Hidrocarburos, el mismo que en fecha 15 de marzo de 2001 fue aprobado mediante Ley Nº 2183.
  • Que para la presente gestión el “Proyecto Fortalecimiento de Capacidad de Gestión Socio Ambiental en el Sector Hidrocarburos - Crédito 3378-BO”, con el objeto de finalizar las metas fijadas en su ayuda memoria, requiere inscribir un incremento de Bs.1.239.767.- (UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE mil novecientos SESENTA Y siete 00/100 BOLIVIANOS) en la Partida 25200 “Estudios e Investigaciones”.
  • Que el Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, dentro del marco de austeridad y racionalización del gasto de las entidades públicas, establece que cualquier incremento en la Partida 25200 “Estudios e Investigaciones”, deberá ser aprobado mediante Decreto Supremo.
  • Que tomando en cuenta lo anteriormente citado, es necesario dictar la presente norma, la misma que en el marco del Capítulo IX del Decreto Supremo Nº 27230 de 31 de octubre de 2003, fue aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica - CONAPE en fecha 23 de junio de 2005.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo Único.- Se aprueba el incremento de Bs.1.239.767.- (UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE mil novecientos SESENTA Y siete 00/100 BOLIVIANOS) en la partida 25200 “Estudios e Investigaciones”, en el presupuesto del “Proyecto Fortalecimiento de Capacidad de Gestión Socio Ambiental en el Sector Hidrocarburos - Crédito 3378-BO” del Ministerio de Hidrocarburos, de conformidad a lo establecido en el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27327.


El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hidrocarburos queda encargado de la ejecución y cumplimiento del Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los vienticuatro días del mes de junio del año dos mil cinco.
Fdo. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Irma Elizabeth Peredo Obleas, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Jaime Eduardo Dunn Castellanos, Maria Cristina Mejía Barragán, Alvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Rivera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 28220, 24 de junio de 2005
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueba el incremento de Bs. 1.239.767 en la partida 25200 “Estudios e Investigaciones”, en el presupuesto del “Proyecto Fortalecimiento de Capacidad de Gestión Socio Ambiental en el Sector Hidrocarburos - Crédito 337 BO” del Ministerio de Hidrocarburos.
KeywordsGaceta 2760, 2005-06-24, Decreto Supremo, junio/2005
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25725
Referencias2005.lexml
CreadorFdo. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Irma Elizabeth Peredo Obleas, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Jaime Eduardo Dunn Castellanos, Maria Cristina Mejía Barragán, Alvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Rivera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-2183] Bolivia: Ley Nº 2183, 15 de marzo de 2001
Apruébase el Convenio de Crédito suscrito con el BM, por DEG 3,7 millones, (Sector Hidrocarburos - Gestión Medio Ambiental)
[BO-DS-27230] Bolivia: Adecuaciones y complementaciones a la estructura del Poder Ejecutivo, DS Nº 27230, 31 de octubre de 2003
ADECUACIONES Y COMPLEMENTACIONES A LA ESTRUCTURA DEL PODER EJECUTIVO.
[BO-DS-27327] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27327, 31 de enero de 2004
Marco de austeridad racionalizando el gasto de las entidades públicas, exceptuando los Gobiernos Municipales y Universidades.

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