Bolivia: Decreto Supremo Nº 28211, 24 de junio de 2005

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, dentro el marco de austeridad y racionalización del gasto de las entidades públicas, establece que cualquier incremento en las partidas 25200 "Estudios e investigaciones", 25800 "Estudios de Investigaciones para Proyectos de Inversión" y 46200 "Estudios y Proyectos para Construcciones de Bienes de Dominio Público" deberá ser aprobado mediante Decreto Supremo.
  • Que el Artículo 20 del citado Decreto Supremo, prohíbe a las entidades públicas la compra o alquiler de vehículos.
  • Que en cumplimiento a la normativa vigente, el Ministerio de Hacienda mediante Resolución Ministerial Nº 095 de 4 de marzo de 2005, inscribe el Presupuesto del Fondo Minero de Inversión - FOMIN para la Gestión 2005, exceptuando la Partida 25200 "Estudios e Investigaciones" por Bs.530.000.- y la Partida 43300 "Equipo de Transporte, Tracción y Elevación" por Bs.240.000.-, reclasificando estos montos bajo la Partida 39900 "Otros Materiales y Suministros".
  • Que el FOMIN, para el inicio de sus actividades de impulso a la reactivación económica y transformación productiva de la Minería Cooperativa, requiere un traspaso presupuestario intrainstitucional que el permita hacer uso de saldos de la Partida 39900 para su reclasificación en las Partidas 25200,43300 y 51100, sin que ello signifique una modificación adicional de su presupuesto.
  • Que la normatividad del Sistema de Presupuesto es de aplicación obligatoria en todas las instituciones públicas señaladas en los Artículos 3 y 4 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990, bajo responsabilidad de las máximas autoridades ejecutivas y de los servidores públicos que participan en el proceso presupuestario.
  • Que tomando en cuenta lo anteriormente citado, es necesario dictar la presente norma, la misma que en el marco del Capítulo IX del Decreto Supremo Nº 27230 de 31 de octubre de 2003, fue aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica - CONAPE en fecha 23 de junio de 2005.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. El presente Decreto Supremo tiene por objeto aprobar la inscripción de Traspaso Presupuestario Intrainstitucional del Fondo Minero de Inversión - FOMIN que permita el uso de saldos de la Partida 39900 "Otros Materiales y Suministros" por Bs.750.000.- (SETECIENTOS CINCUENTA mil 00/100 BOLIVIANOS) para su reclasificación en las Partidas 25200 y 43300.
  2. Se aprueba el incremento de Bs.750.000.- (SETECIENTOS CINCUENTA mil 00/100 BOLIVIANOS), en la partida 252000 "Estudios e Investigaciones", Bs.570.000.- (QUINIENTOS SETENTA mil 00/100 BOLIVIANOS) Y en la partida 43300 "Equipo de Transporte, Tracción y Elevación" y Bs.180.000.- (CIENTO OCHENTA mil 00/100 BOLIVIANOS) para el Fondo Minero de Inversión - FOMIN.


El Señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los vienticuatro días del mes de junio del año dos mil cinco.
Fdo. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Irma Elizabeth Peredo Obleas, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Jaime Eduardo Dunn Castellanos, Maria Cristina Mejía Barragán, Alvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Rivera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 28211, 24 de junio de 2005
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAprobar la inscripción de Traspaso Presupuestario Intrainstitucional del FOMIN por Bs. 750.000 para su reclasificación en las Partidas 25200 y 43300.
KeywordsGaceta 2759, 2005-06-24, Decreto Supremo, junio/2005
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25716
Referencias2005.lexml
CreadorFdo. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Irma Elizabeth Peredo Obleas, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Jaime Eduardo Dunn Castellanos, Maria Cristina Mejía Barragán, Alvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Rivera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1178] Bolivia: Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO), 20 de julio de 1990
Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO)
[BO-DS-27230] Bolivia: Adecuaciones y complementaciones a la estructura del Poder Ejecutivo, DS Nº 27230, 31 de octubre de 2003
ADECUACIONES Y COMPLEMENTACIONES A LA ESTRUCTURA DEL PODER EJECUTIVO.
[BO-DS-27327] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27327, 31 de enero de 2004
Marco de austeridad racionalizando el gasto de las entidades públicas, exceptuando los Gobiernos Municipales y Universidades.

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