CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar a la Prefectura del Departamento de Tarija, suscribir los correspondientes contratos de ampliación de la construcción y supervisión técnica con los consorcios adjudicados oportunamente vía Licitación Pública, del Tramo Carretero original Villa Montes - La Vertiente a Villa Montes - La Vertiente - Palo Marcado; debiendo proceder a la suscripción de las adendas correspondientes para la prosecución de los trabajos, así como, la ejecución y supervisión técnica de la avenida Periférica de la ciudad de Villa Montes.
Artículo 2°.- (Delegacion y contratacion)
Artículo 3°.- (Adenda de contrato) Se instruye a la Prefectura del Departamento de Tarija, proceder a la suscripción de la adenda del contrato para la ampliación de la Construcción y Supervisión Técnica del Tramo Carretero Villa Montes - La Vertiente - Palo Marcado; más la avenida Periférica de la ciudad de Villa Montes, pudiendo optar, también por financiamiento del proveedor, sujeto al financiamiento integral del costo total del proyecto, menos la contraparte local, cuyos montos y modalidades de pago serán definidos en los contratos a ser suscritos.
De igual manera deberá proceder al cambio de capa de rodadura de tratamiento superficial doble a carpeta asfáltica en el tramo Villa Montes - La Vertiente - Palo Marcado.
La adenda a la cual se refiere el presente Artículo deberá contar con el visto bueno del Servicio Nacional de Caminos, previa suscripción.
Artículo 4°.- (Modificacion de licitacion) Se autoriza al Servicio Nacional de Caminos realizar las modificaciones necesarias en el Proceso de Licitación del Tramo La Vertiente - Hito BR 94, mediante adenda correspondiente del tramo La Vertiente - Hito BR 94 para el Tramo Palo Marcado - Hito BR 94, en cumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 1 y 3 del Presente Decreto Supremo.
Artículo 5°.- (Fiscalizacion) La fiscalización de la Obra del tramo Villa Montes - La Vertiente - Palo Marcado, queda a cargo de la Prefectura del Departamento de Tarija y del Servicio Nacional de Caminos.
Para el tramo Palo Marcado - Hito BR 94, el Servicio Nacional de Caminos será responsable de la fiscalización.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 28115, 13 de mayo de 2005 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Autorizar a la Prefectura del Departamento de Tarija, suscribir los correspondientes contratos de ampliación de la construcción y supervisión técnica del Tramo Carretero original Villa Montes - La Vertiente a Villa Montes - La Vertiente - Palo Marcado. | ||||
Keywords | Gaceta 2746, 2005-05-16, Decreto Supremo, mayo/2005 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25668 | ||||
Referencias | 2005.lexml | ||||
Creador | Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Erwin Aguilera Antunez, Wálter Kreidler Guillaux, René Gómez García Palao, Guillermo Torres Orias, María Soledad Quiroga Trigo, Graciela Rosario Quiroga Morales, Audalia Zurita Zelada, Victor Gabriel Barrios Arancibia, Jorge Espinoza Morales, Gloria Ardaya Salinas, Pedro Ticona Cruz. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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