CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo Único.-
“b) Que todos los recursos humanos que correspondían al ex - Viceministerio de Coordinación Parlamentaria, se mantendrán dentro de la actividad central del Ministerio de la Presidencia, debiendo los mismos provisoriamente apoyar y trabajar bajo dependencia del Delegado Presidencial de Asuntos Parlamentarios, mientras dure sus tareas específicas y, posteriormente se restituya dichas competencias al Ministerio de la Presidencia según lo establecido en la normativa legal vigente, manteniendo acéfalo el cargo jerárquico de Viceministro.”
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 28012, 18 de febrero de 2005 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se modifica el inciso b) del Parágrafo II del Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 27998, (Ex Viceministerio de Coordinación Parlamentaria) | ||||
Keywords | Gaceta 2720, 2005-02-24, Decreto Supremo, febrero/2005 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25566 | ||||
Referencias | 2005.lexml | ||||
Creador | Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Jorge Gumucio Granier Ministro Interino de RR. EE. y Culto, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Erwin Aguilera Antunez, Wálter Kreidler Guillaux, René Gómez García Palao, Guillermo Torres Orias, Celestino Choque Villca Ministro Interino de Educación, Graciela Rosario Quiroga Morales, Audalia Zurita Zelada, Victor Gabriel Barrios Arancibia, Jorge Espinoza Morales, Gloria Ardaya Salinas, Pedro Ticona Cruz. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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