Bolivia: Decreto Supremo Nº 27807, 22 de octubre de 2004

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la Ley Nº 2627 de 30 de diciembre de 2003, aprobó los presupuestos institucionales del sector público para su vigencia durante la gestión fiscal 2004 dentro del marco de austeridad.
  • Que el Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, establece una política de austeridad para su aplicación por las entidades del sector público.
  • Que el Decreto Ley Nº 14100 de 14 de noviembre de 1976 define al Instituto Nacional de Estadística - INE, como órgano ejecutivo y técnico del Sistema Nacional de Información Estadística.
  • Que de acuerdo a convenio interinstitucional firmado entre el Ministerio de Desarrollo Económico, el Banco Central de Bolivia, la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia y el Instituto Nacional de Estadística - INE, por un monto de Bs.143.718.- (CIENTO CUARENTA Y TRES mil novecientos DIECIOCHO 00/100 BOLIVIANOS), para la realización del “Segundo Convenio Interinstitucional para Encuestas de Inversión Extranjera Directa en Bolivia y Ampliación de su Alcance para Encuestas de Inversión Directa y de Cartera de Residentes de la Economía Boliviana en el Exterior”, para promover, mejorar y realizar actividades con carácter interinstitucional inherentes al levantamiento de datos de inversión privada, a través de la ejecución de tres investigaciones trimestrales denominadas “Encuesta Trimestral de Inversión Extranjera Directa”, “Encuesta Trimestral de Inversión Directa de Residentes de la Economía Boliviana en el Extranjero” y “Encuesta Trimestral de Inversión de Cartera de Residentes Bolivianos en el Extranjero”.
  • Que según el convenio suscrito, corresponde al Ministerio de Desarrollo Económico el aporte de Bs.63.000.- (SESENTA Y TRES mil 00/100 BOLIVIANOS) para la ejecución de las Encuestas antes mencionadas, de los cuales Bs.34.058.- (TREINTA Y CUATRO mil CINCUENTA Y OCHO 00/100 BOLIVIANOS), corresponden a la Partida 252 “Estudios e Investigaciones”.
  • Que los niveles de remuneración se enmarcan dentro de lo establecido en los Artículos 2 y 3 de la Ley Nº 2627 y los Artículos 3,4 y 9 del Decreto Supremo Nº 27327, los mismos que han sido Homologados mediante Resolución Ministerial Nº 553 de 18 de agosto de 2004 del Ministerio de Hacienda.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo Único.- Se aprueba el presupuesto adicional para la Partida 25200 “Estudios e Investigaciones” por un monto de Bs.34.058.- (TREINTA Y CUATRO mil CINCUENTA Y OCHO 00/100 BOLIVIANOS), solicitado por el Instituto Nacional de Estadística - INE, para la realización del “Segundo Convenio Interinstitucional para Encuestas de Inversión Extranjera Directa en Bolivia y Ampliación de su Alcance para Encuestas de Inversión Directa y de Cartera de Residentes de la Economía Boliviana en el Exterior”, de acuerdo a Anexo adjunto, según lo dispone el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27327.


El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil cuatro.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Carlos Silvestre Alarcón Mondonio Ministro Interino de Servicios y Obras Públicas, Guillermo Torres Orías, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 27807, 22 de octubre de 2004
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueba el presupuesto adicional para la Partida 25200 “Estudios e Investigaciones” por Bs. 34.058 a favor del INE, (Encuestas de Inversión Extranjera).
KeywordsGaceta 2673, 2004-10-28, Decreto Supremo, octubre/2004
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25361
Referencias2004.lexml
CreadorFdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Carlos Silvestre Alarcón Mondonio Ministro Interino de Servicios y Obras Públicas, Guillermo Torres Orías, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DL-14100] Bolivia: Ley del Sistema Nacional de Información Estadística, DL Nº 14100, 5 de noviembre de 1976
Apruébase la Ley del Sistema Nacional de Información y Estadística en sus VII Títulos y 28 Artículos.
[BO-L-2627] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 2004, 30 de diciembre de 2003
Se aprueba los presupuestos institucionales del Sector Público, para su vigencia durante la gestión fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de la gestión 2004, por el importe total agregado de Bs. 42.861.415.278.- y el importe total consolidado de Bs. 33.677.200.567.-
[BO-DS-27327] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27327, 31 de enero de 2004
Marco de austeridad racionalizando el gasto de las entidades públicas, exceptuando los Gobiernos Municipales y Universidades.

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