Bolivia: Decreto Supremo Nº 27805, 22 de octubre de 2004

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Artículo 7 de la Ley Nº 2627 de 30 de diciembre de 2003, establece que debe procederse a calcular el Resultado Fiscal (superávit/déficit) de cada presupuesto institucional, en directa relación con la participación e incidencia en el resultado fiscal global del Presupuesto General de la Nación.
  • Que con la finalidad de dar cumplimiento al Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, corresponde mediante Decreto Supremo, aprobar cualquier incremento en las Partidas 25200 “Estudios e Investigaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público” del Presupuesto General de la Nación, independientemente de la fuente de financiamiento.
  • Que la ejecución presupuestaria de las entidades señaladas en los Artículos 3 y 4 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio 1990 - Ley de Administración y Control Gubernamentales, es de absoluta responsabilidad de la máxima autoridad ejecutiva y de los servidores públicos que intervienen en el desarrollo de los procesos administrativos.
  • Que a partir de la inclusión del Gobierno de Bolivia en el Programa de Asistencia Oficial al Desarrollo, en el marco de ayuda en tres sectores prioritarios, de los cuáles uno de ellos incluye el apoyo a los Procesos de Descentralización y Participación Popular a cargo del Ministerio Sin Cartera Responsable de Participación Popular - MSCRPP, mediante comunicación expresa de 27 de julio de 2004, la Embajada Real de Dinamarca autoriza al MSCRPP, el uso del saldo disponible asignado al Programa de Apoyo a la Gestión Descentralizada - DANIDA.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo Único.- Se aprueba y autoriza la inscripción del Presupuesto Adicional de la Partida 25200 “Estudios e Investigaciones”, por Bs.- 496.700.- (CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS mil novecientos 00/100 BOLIVIANOS), a favor del Programa de Apoyo a la Gestión Descentralizada - DANIDA del Ministerio Sin Cartera Responsable de Participación Popular, financiado con recursos de Cooperación de la Embajada Real de Dinamarca.


El Señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil cuatro.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Carlos Silvestre Alarcón Mondonio Ministro Interino de Servicios y Obras Públicas, Guillermo Torres Orías, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 27805, 22 de octubre de 2004
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueba y autoriza la inscripción del Presupuesto Adicional de la Partida 25200 “Estudios e Investigaciones”, por Bs 496.700 , a favor del Programa de Apoyo a la Gestión Descentralizada.
KeywordsGaceta 2672, 2004-10-28, Decreto Supremo, octubre/2004
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25359
Referencias2004.lexml
CreadorFdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Carlos Silvestre Alarcón Mondonio Ministro Interino de Servicios y Obras Públicas, Guillermo Torres Orías, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.
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PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1178] Bolivia: Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO), 20 de julio de 1990
Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO)
[BO-L-2627] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 2004, 30 de diciembre de 2003
Se aprueba los presupuestos institucionales del Sector Público, para su vigencia durante la gestión fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de la gestión 2004, por el importe total agregado de Bs. 42.861.415.278.- y el importe total consolidado de Bs. 33.677.200.567.-
[BO-DS-27327] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27327, 31 de enero de 2004
Marco de austeridad racionalizando el gasto de las entidades públicas, exceptuando los Gobiernos Municipales y Universidades.

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