Bolivia: Decreto Supremo Nº 27751, 27 de septiembre de 2004

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Artículo 7 de la Ley Nº 2627 de 30 de diciembre 2003, señala que el Resultado Fiscal en cada presupuesto institucional se calculará en base al resultado fiscal (Superávit o déficit) y su participación e incidencia en el resultado fiscal global del Presupuesto General de la Nación 2004.
  • Que la Ley Nº 2684 de 12 de mayo de 2004 en su Articulo 2, modificatorio del Articulo 7 de la Ley Nº 2627, establece que las metas institucionales de resultados fiscales solo podrán ser modificadas mediante Resolución expresa del Consejo Nacional de Política Económica y Social - CONAPES.
  • Que según el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, se establece la reducción del gasto en consultorías independientemente de la fuente de financiamiento, especificando que corresponde un 10 % de reducción para las Partidas 25200 "Estudios e Investigaciones", 25800 "Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión" y 46200 "Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público" del PGN, aprobado para la presente gestión fiscal, debiéndose cualquier incremento en las referidas partidas aprobarse mediante Decreto Supremo.
  • Que el contrato de préstamo del Programa de Saneamiento Básico Urbano - PROSUB 987/SF-BO, suscrito entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID por $us 70.000.000.- (SETENTA MILLONES 00/100 DE DOLARES AMERICANOS), cuenta con un subprograma denominado Programa de Sostenibilidad Integral - PROSIN, en el que se tiene previsto la contratación de Consultorías.
  • Que los urgentes requerimientos de Consultorías para el ordenamiento institucional, obligan el empleo de recursos propios y la correspondiente adecuación presupuestaria.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. Se aprueba y autoriza el incremento en la Partida de gasto 25200 “Estudios e Investigaciones” por un monto total de Bs.865.500- (OCHO CIENTOS SESENTA Y CINCO mil QUINIENTOS 00/100 BOLIVIANOS), en el Presupuesto del Fondo Nacional de Desarrollo Regional - FNDR, financiado con recursos de Crédito Externo de la línea PROSUB del BID, de acuerdo a Anexo Presupuestario adjunto.
  2. Se aprueba y autoriza la inscripción de la modificación intrainstitucional de la Partida de gasto 57100 “Incremento Caja y Bancos” por un monto de Bs.1.298.908.- (UN MILLON DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO mil novecientos ochenta 00/100 BOLIVIANOS) del programa “Apoyo al Desarrollo de la Inversión” y Bs.311.792.- (TRESCIENTOS ONCE mil novecientos NOVENTA Y DOS 00/100 BOLIVIANOS) del Programa “Previsiones Financieras”, a la Partida de gasto 25200 “Estudios e Investigaciones”, en el Presupuesto del Fondo Nacional de Desarrollo Regional - FNDR, financiado con recursos propios, de acuerdo a Anexo Presupuestario adjunto.
  3. Se aprueba y autoriza la inscripción de la modificación intrainstitucional de la Partida de gasto 57100 “Incremento Caja y Bancos” por Bs.1.150.000.- (UN MILLON CIENTO CINCUENTA mil 00/100 BOLIVIANOS) del programa “Desarrollo Local con Responsabilidad Fiscal” y Bs.118.223.-(CIENTO DIECIOCHO mil DOSCIENTOS veintitrés 00/100 BOLIVIANOS) del Programa “Mejoramiento de Barrios”, a la Partida de gasto 25200 “Estudios e Investigaciones” en el Presupuesto del Fondo Nacional de Desarrollo Regional - FNDR financiado con recursos de Crédito Externo, de la línea PROSUB del BID, de acuerdo a Anexo Presupuestario adjunto.
  4. Conforme a lo exigido en el Artículo 7 de la Ley Nº 2627, concordante con el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27327, se adjuntan anexos respectivos que justifican y fundamentan el requerimiento adicional de recursos externos.


El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de septiembre del año dos mil cuatro.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Erwin Angel Aguilera Antunez Ministro Interino de Desarrollo Sostenible, Horst Grebe López, Carlos Romero Mallea Ministro Interino de Servicios y Obras Públicas, Guillermo Torres Orias, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.

Anexo
Detalle de modificaciones presupuestarias

1.- Traspaso intra-institucional Recursos Propioss

ENTDAUEPROPROYACTFTEORGPARTIDAE. TDETALLEDETALLE
8621100120230571000Incremento de Caja y Bancos1.298.908.-
86211990120230571000Incremento de Caja y Bancos311.792.-
TOTAL1.610.700.-
ENTDAUEPROPROYACTFTEORGPARTIDAE. TDETALLEDETALLE
8621100120230252000Estudios, Investigaciones y Proyectos1.610.700.-
TOTAL1.610.700.-

2.- Presupuesto Adicional PROSUB-PROSIN

RECURSO
ENTDAUEFTEORGRUBROEODETALLEIMPORTE
8621170411372210Obtención de Préstamos - Organismos Internacionales - Monetizable865.500,00
TOTAL865.500,00

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 27751, 27 de septiembre de 2004
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueba y autoriza el incremento en la Partida de gasto 25200 “Estudios e Investigaciones” por Bs.865.50 , en el Presupuesto del FNDR, financiado con recursos de Crédito Externo de la línea PROSUB del BID.
KeywordsGaceta 2656, 2004-09-27, Decreto Supremo, septiembre/2004
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25305
Referencias2004.lexml
CreadorFdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Erwin Angel Aguilera Antunez Ministro Interino de Desarrollo Sostenible, Horst Grebe López, Carlos Romero Mallea Ministro Interino de Servicios y Obras Públicas, Guillermo Torres Orias, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-2627] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 2004, 30 de diciembre de 2003
Se aprueba los presupuestos institucionales del Sector Público, para su vigencia durante la gestión fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de la gestión 2004, por el importe total agregado de Bs. 42.861.415.278.- y el importe total consolidado de Bs. 33.677.200.567.-
[BO-DS-27327] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27327, 31 de enero de 2004
Marco de austeridad racionalizando el gasto de las entidades públicas, exceptuando los Gobiernos Municipales y Universidades.
[BO-L-2684] Bolivia: Ley Nº 2684, 12 de mayo de 2004
(Ajustase al Presupuesto General de la Nación 2004). Se aprueba las modificaciones y adiciones al Presupuesto General de la Nación 2004, aprobado por la Ley N° 2627 de 30 de diciembre de 2003, según los Anexos 1,2,3 y 4 adjuntos, que son parte de la presente Ley

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