Bolivia: Reglamento de Exportación de Hidrocarburos Líquidos, DS Nº 27574, 21 de junio de 2004

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que mediante Decreto Supremo Nº 27493 de 14 de mayo de 2004, ha quedado restringida la exportación de hidrocarburos líquidos, facultando al Ministerio de Minería e Hidrocarburos el otorgamiento de las autorizaciones de exportación de los mismos.
  • Que es necesario aprobar un Reglamento que establezca los requisitos y procedimientos que deben concurrir para el otorgamiento de las autorizaciones de exportación de hidrocarburos líquidos por parte del Ministerio de Minería e Hidrocarburos.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo Único.- Se aprueba el Reglamento de Exportación de Hidrocarburos Líquidos que consta de 4 Capítulos y 9 Artículos, cuyo texto en anexo forma parte del presente Decreto Supremo.


El Señor Ministro de Estado en el Despacho de Minería e Hidrocarburos queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de junio del año dos mil cuatro.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orias, Maria Soledad Quiroga Trigo , Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.

Anexo
Reglamento de exportación de hidrocarburos líquidos

Reglamento de exportación de hidrocarburos líquidos

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Reglamento de Exportación de Hidrocarburos Líquidos, DS Nº 27574, 21 de junio de 2004
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueba el Reglamento de Exportación de Hidrocarburos Líquidos.
KeywordsGaceta 2617, 2004-06-25, Decreto Supremo, junio/2004
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25128
Referencias2004.lexml
CreadorFdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orias, Maria Soledad Quiroga Trigo , Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-27493] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27493, 14 de mayo de 2004
Queda restringida la exportación de hidrocarburos líquidos. En cada caso, se requerirá una autorización expresa de parte del Ministro de Minería e Hidrocarburos.
[BO-RE-DS27574] Bolivia: Reglamento de Exportación de Hidrocarburos Líquidos, 21 de junio de 2004
Reglamento de Exportación de Hidrocarburos Líquidos.

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.