Bolivia: Decreto Supremo Nº 27534, 25 de mayo de 2004

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Artículo 7 de la Ley Nº 2627 de 30 de diciembre de 2003 - Ley del Presupuesto General de la Nación Gestión 2004, señala que el Resultado Fiscal en cada presupuesto institucional se calculará en base al resultado fiscal (superávit/déficit) y su participación e incidencia en el resultado fiscal global del Presupuesto General de la Nación 2004.
  • Que el Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, dentro del marco de austeridad y racionalización del gasto de las entidades públicas, establece que cualquier incremento en las partidas 25200 “Estudios e Investigaciones”, 25800 “Estudios de Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Construcciones de Bienes de Dominio Público”, deberá ser aprobado mediante Decreto Supremo.
  • Que la normatividad del Sistema de Presupuesto es de aplicación obligatoria sin excepción alguna en todas las instituciones públicas señaladas en los Artículos 3 y 4 de la Ley Nº 1178 - SAFCO, bajo responsabilidad de las Máximas Autoridades Ejecutivas y de los servidores públicos que participan en el proceso presupuestario.
  • Que en fecha 1 de abril de 2003 se ha suscrito el convenio entre el Centro de Promoción Bolivia - CEPROBOL y el Instituto Internacional de Comunicación y Desarrollo - IICD con el objeto de desarrollar e implementar el Proyecto de “Sistema de Información y Comercialización para Productores Agrícolas”, en virtud del cual este organismo financiará este Proyecto por un período de 19 meses en el importe limitado de Bs.680.532,17.- (SEISCIENTOS OCHENTA mil QUINIENTOS TREINTA Y DOS 17/100 BOLIVIANOS) en calidad de donación, corresponde la inscripción presupuestaria de acuerdo a la Ley Financial.
  • Que en cumplimiento al Artículo 7 de la Ley Nº 2627, el Consejo Nacional de Política Económica y Social - CONAPES, en fecha 30 de abril del presente año, mediante Resolución de CONAPES Nº 16/2004, aprueba la inscripción de recursos en el Presupuesto General de la Nación 2004 a favor del proyecto de “Sistema de Información y Comercialización para Productos Agrícolas” de CEPROBOL; por lo que, corresponde dictar la presente norma.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo Único.- Se aprueba la inscripción del Presupuesto - Gestión 2004 del Centro de Promoción Bolivia - CEPROBOL, en el marco del Proyecto de “Sistema de Información y Comercialización para Productores Agrícolas”, con fondos privados del Instituto Internacional de Comunicación y Desarrollo - IICD, por la suma de Bs.680.532,17.- (SEISCIENTOS OCHENTA mil QUINIENTOS TREINTA Y DOS 17/100 BOLIVIANOS), de acuerdo al Anexo adjunto y, en cumplimiento del Artículo 7 de la Ley Nº 2627 y el Articulo 8 del Decreto Supremo Nº 27327.


Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y Desarrollo Económico, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de mayo del año dos mil cuatro.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Isaac Maidana Quisbert Ministro Interino de RR. EE. y Culto, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Xavier Nogales Iturri, Donato Ayma Rojas, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 27534, 25 de mayo de 2004
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueba la inscripción del Presupuesto - Gestión 2004 de CEPROBOL, por la suma de Bs. 680.532,17 Proyecto de “Sistema de Información y Comercialización para Productores Agrícolas”, con fondos privados del Instituto Internacional de Comunicación y Desarrollo - IICD,.
KeywordsGaceta 2607, 2004-06-03, Decreto Supremo, mayo/2004
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25088
Referencias2004.lexml
CreadorFdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Isaac Maidana Quisbert Ministro Interino de RR. EE. y Culto, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Xavier Nogales Iturri, Donato Ayma Rojas, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1178] Bolivia: Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO), 20 de julio de 1990
Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO)
[BO-L-2627] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 2004, 30 de diciembre de 2003
Se aprueba los presupuestos institucionales del Sector Público, para su vigencia durante la gestión fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de la gestión 2004, por el importe total agregado de Bs. 42.861.415.278.- y el importe total consolidado de Bs. 33.677.200.567.-
[BO-DS-27327] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27327, 31 de enero de 2004
Marco de austeridad racionalizando el gasto de las entidades públicas, exceptuando los Gobiernos Municipales y Universidades.

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