Bolivia: Decreto Supremo Nº 27529, 25 de mayo de 2004

CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Artículo 7 de la Ley Nº 2627 de 30 de diciembre de 2003 - Ley del Presupuesto General de la Nación Gestión 2004, señala que el Resultado Fiscal en cada presupuesto institucional se calculará en base al resultado fiscal (superávit/déficit) y su participación e incidencia en el resultado fiscal global del Presupuesto General de la Nación 2004.
  • Que el Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, dentro del marco de austeridad y racionalización del gasto de las entidades públicas, establece que cualquier incremento en las partidas 25200 “Estudios e Investigaciones”, 25800 “Estudios de Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Construcciones de Bienes de Dominio Público” deberá ser aprobado mediante Decreto Supremo.
  • Que el Programa de Modernización de la Administración Financiera Pública - MAFP del Ministerio de Hacienda, requiere la inscripción de presupuesto adicional en la Gestión 2004 por un monto total de Bs.27.208.588,43.- (VEINTISIETE MILLONES DOSCIENTOS OCHO mil QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO 43/100 BOLIVIANOS) con financiamiento externo y aporte local, resultado de convenios de financiamiento externo suscritos con diferentes organismos financiadores.
  • Que en fecha 5 de diciembre de 2001, suscriben entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, el Contrato de Préstamo No.1091/SF-BO, para la ejecución del Programa de Modernización de la Administración Financiera Pública por $us 25.000.000.- (VEINTICINCO MILLONES 00/100 DE DOLARES AMERICANOS) requiriéndose para la gestión 2004 la inscripción de presupuesto adicional de Bs.18.173.344.- (DIECIOCHO MILLONES CIENTO SETENTA Y TRES mil TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO 00/100 BOLIVIANOS).
  • Que en fecha 7 de septiembre de 2001, suscriben entre el Programa de Modernización de la Administración Financiera Pública - MAFP y la Unidad de Descentralización Fiscal, el “Convenio para la Transferencia de Recursos para la Implantación del Sistema Integrado de Gestión y Modernización Administrativa en Prefecturas”, de los recursos provenientes del Crédito IDA 3507-BO “Crédito Programático de Ajuste Estructural para la Descentralización”, requiriéndose para la gestión 2004 la inscripción de presupuesto adicional de Bs.6.546.358.43.- (SEIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS mil TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO 43/100 BOLIVIANOS).
  • Que en fecha 20 diciembre de 2000, suscriben entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID el convenio de cooperación técnica no reembolsable ATN-SF/7164-BO, para la ejecución del Programa de Desarrollo Conceptual SIGMA Municipal, por $us.550.000.- (QUINIENTOS CINCUENTA mil 00/100 DOLARES AMERICANOS) requiriéndose para la gestión 2004 la inscripción de presupuesto adicional de Bs.120.600.- (CIENTO VEINTE mil SEISCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS).
  • Que en fecha 20 de junio de 2003, suscriben el Gobierno de Bolivia y el Banco Mundial el Convenio de Donación Japonesa TF052116 por $us.294.563.- (DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO mil QUINIENTOS SESENTA Y TRES 00/100 DOLARES AMERICANOS) requiriéndose para la gestión 2004 la inscripción de presupuesto adicional de Bs.2.368.286.- (DOS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO mil DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS 00/100 BOLIVIANOS).
  • Que el Artículo 8 de la Ley Nº 2042 de 21 de diciembre de 1999 - Ley de Administración Presupuestaria, autoriza al Poder Ejecutivo que las donaciones y créditos externos no contemplados en el Presupuesto General de la Nación aprobado anualmente, sean incorporados por el Ministerio de Hacienda, debiendo informar de estos hechos al Honorable Congreso Nacional semestralmente.
  • Que en cumplimiento al Artículo 7 de la Ley Nº 2627, el Consejo Nacional de Política Económica y Social - CONAPES, en fecha 19 de mayo del presente año, mediante Resolución de CONAPES Nº 23/2004, aprueba la inscripción de recursos a favor del Programa de Modernización de la Administración Financiera Pública - MAFP del Ministerio de la Hacienda.

EN CONSEJO DE GABINETE,

DECRETA:

Artículo Único.-

  1. Se aprueba la inscripción de presupuesto adicional con recursos externos y las modificaciones con recursos del TGN para el Programa de Modernización de la Administración Financiera Pública del Ministerio de Hacienda, por el monto total de Bs.27.208.588,43.- (VEINTISIETE MILLONES DOSCIENTOS OCHO mil QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO 43/100 BOLIVIANOS), de los cuales Bs.18.173.344.- (DIECIOCHO MILLONES CIENTO SETENTA Y TRES mil TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO 00/100 BOLIVIANOS) corresponden al contrato de Préstamo BID No.1091/SF-BO; Bs.6.546.358.43.- (SEIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS mil TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO 43/100 BOLIVIANOS) al Convenio para la Transferencia de Recursos para la Implantación del Sistema Integrado de Gestión y Modernización Administrativa en Prefecturas del Crédito IDA 3507-BO; Bs.120.600.- (CIENTO VEINTE mil SEISCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS) al convenio de Cooperación Técnica ATN-SF/7164-BO y Bs.2.368.286.- (DOS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO mil DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS 00/100 BOLIVIANOS) al Convenio de Donación Japonesa TF052116.
  2. Se aprueba el incremento de la partida 25200 “Estudios e Investigaciones” para este Programa, por el monto de Bs.14.049.525.- (CATORCE MILLONES CUARENTA Y NUEVE mil QUINIENTOS VEINTICINCO 00/100 BOLIVIANOS).


El Señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de mayo del año dos mil cuatro.
Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Isaac Maidana Quisbert Ministro Interino de RR. EE. y Culto, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Xavier Nogales Iturri, Donato Ayma Rojas, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 27529, 25 de mayo de 2004
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe aprueba la inscripción de presupuesto adicional para el Programa de Modernización de la Administración Financiera Pública del Ministerio de Hacienda, por Bs.27.208.588,43
KeywordsGaceta 2607, 2004-06-03, Decreto Supremo, mayo/2004
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/25083
Referencias2004.lexml
CreadorFdo. CARLOS D. MESA GISBERT, Isaac Maidana Quisbert Ministro Interino de RR. EE. y Culto, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Xavier Nogales Iturri, Donato Ayma Rojas, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-2042] Bolivia: Ley de Administracion Presupuestaria, 21 de diciembre de 1999
Ley de Administracion Presupuestaria. Publicada en Gaceta Oficial de Bolivia N° 2193
[BO-L-2627] Bolivia: Ley Financial - Presupuesto General del Estado - Gestión 2004, 30 de diciembre de 2003
Se aprueba los presupuestos institucionales del Sector Público, para su vigencia durante la gestión fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de la gestión 2004, por el importe total agregado de Bs. 42.861.415.278.- y el importe total consolidado de Bs. 33.677.200.567.-
[BO-DS-27327] Bolivia: Decreto Supremo Nº 27327, 31 de enero de 2004
Marco de austeridad racionalizando el gasto de las entidades públicas, exceptuando los Gobiernos Municipales y Universidades.

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.