CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE GABINETE,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer un procedimiento de prevención de conflictos sociales suscitados entre Municipios, que surgen como consecuencia de la publicación de las tablas anexas de los Decretos Supremos Nº 26570 de 2 de abril de 2002, Nº 26608 de 29 de abril de 2002 y Nº 26722 de 30 de julio de 2002, referente a los datos oficiales de Población de Secciones de Provincia reportados por el Censo Nacional de Población y Vivienda del año 2001 y, a cuyo efecto han sido afectados en la asignación de población y por ende en sus recursos de coparticipación tributaria y recursos HIPC II.
Artículo 2°.- (Procedimiento) Los Gobiernos Municipales en uso de sus facultades reconocidas por Ley, deberán ante el Ministerio de Desarrollo Sostenible y el Ministerio de Hacienda, tramitar la respectiva modificación de las Tablas anexas de los mencionados instrumentos normativos.
Artículo 3°.- (Conciliacion) En los casos que no sea posible establecer con claridad la ubicación geográfica de las localidades y/o comunidades objeto de reclamo, los solicitantes deberán por un lado someterse a un proceso de conciliación promovido por el Ministerio de Desarrollo Sostenible a través del Viceministerio de Planificación o en su defecto, deberán proseguir en la vía administrativa su delimitación respectiva, de conformidad a lo establecido por la Ley Nº 2150.
Artículo 4°.- (Delimitacion) Simultáneamente al procedimiento anterior, los Gobiernos Municipales afectados en su reducción de población, recursos y en su jurisdicción territorial, sobre la base legal de creación de la Sección de Provincia y/o documentos supletorios que justifiquen la delimitación de su jurisdicción territorial, en un plazo no mayor a 30 días, deben iniciar ante los Prefectos Departamentales los procesos administrativos de delimitación de sus Secciones de Provincia, conforme a la Ley Nº 2150 y el Decreto Supremo Nº 26520 de 21 de febrero de 2002.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 27086, 18 de junio de 2003 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Establecer un procedimiento de prevención de conflictos sociales suscitados entre Municipios, relativos a la delimitación de jurisdicción territorial y asignación de población. | ||||
Keywords | Gaceta 2499, 2003-06-25, Decreto Supremo, junio/2003 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24641 | ||||
Referencias | 2003.lexml | ||||
Creador | Fdo. CARLOS D. MESA GISBERT, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPUBLICA, José Guillermo Justiniano Sandoval Ministro de la Presidencia e Interino de RR. EE. y Culto, Yerko Kukoc del Carpio, Julio Jiménez Valdivia Ministro Interino de Defensa Nacional, Fernando Cossio Muñoz-Reyes Ministro Interino de Hacienda, Moira Paz Estenssoro, Jorge Torres Obleas, Marco Antonio Paredes Pérez Ministro Interino de Servicios y Obras Publicas, Jorge Berindoague Alcocer, Hugo Carvajal Donoso, Javier Tórres Goitia Caballero, Juan Walter Subirana Suárez, Arturo Liebers Baldivieso | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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