CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Se abroga el Decreto Supremo Nº 26537 de 6 de marzo de 2002 y todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo, quedando facultado el Tesoro General de la Nación a utilizar directamente los recursos provenientes de las deudas denominadas “Deudas más allá del HIPC II”.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 26878, 21 de diciembre de 2002 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se abroga el Decreto Supremo Nº 26537 de 6 /03/ 2002, quedando facultado el TGN a utilizar directamente los recursos provenientes de las deudas denominadas “Deudas más allá del HIPC II”. | ||||
Keywords | Gaceta 2450, 2002-12-23, Decreto Supremo, diciembre/2002 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24434 | ||||
Referencias | 2002.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Carlos Saavedra Bruno, Carlos Sánchez Berzain, Alberto Gasser Vargas, Freddy Teodovich Ortiz, Gina Luz Méndez Hurtado, José Guillermo Justiniano Sandoval, Javier Comboni Salinas, Oscar Farfán Mealla, Arturo Liebers Baldivieso, Juan Carlos Virreira Méndez, Carlos Morales Landivar, Isaac Maidana Quisbert, Javier Torres Goitia Caballero, Jaime Navarro Tardio, Fernando Illanes de la Riva, Hernán Paredes Muñoz, Javier Suárez Ramírez, Silvia Amparo Velarde Olmos. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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