CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Se autoriza al Ministerio de Hacienda transferir de los recursos otorgados al Fondo de Desarrollo Campesino en Liquidación por Decreto Supremo Nº 26478, la suma de $us 27, 515.38.- (veintisiete mil quinientos quince 38/100 dólares americanos) a favor del Ministerio de Desarrollo Sostenible y Planificación - Viceministerio de Planificación Estratégica y Participación Popular para reposición de gastos no elegibles declarados por al Agencia Internacional de Fomento del Banco Mundial.
Artículo 2°.- El Ministerio de Desarrollo Sostenible y Planificación, en un plazo máximo de 30 días, ejercitará las acciones acusatorias conforme a disposiciones legales vigentes contra los funcionarios que resultaren responsables del daño económico causado al Estado, una vez realizadas las auditorias internas establecidas por Ley.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 26728, 30 de julio de 2002 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se autoriza al Ministerio de Hacienda transferir de los recursos otorgados al FDC en Liquidación por Decreto Supremo N° 26478, la suma de $us 27,515.38 a favor del Ministerio de Desarrollo Sostenible y Planificación. | ||||
Keywords | Gaceta 2420, 2002-08-05, Decreto Supremo, julio/2002 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24283 | ||||
Referencias | 2002.lexml | ||||
Creador | Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Leytón Avilés, José Luis Lupo Flores, Oscar Guilarte Lujan, Jacques Trigo Loubiere, Carlos Alberto Goitia Caballero, Carlos Kempff Bruno, Amalia Anaya Jaldín, Enrique Paz Argandoña, Juan Antonio Chahín Lupo, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mansilla Peña, Xavier Nogales Iturri, Hernán Terrazas Ergueta, Tomasa Yarhui Jacome. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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