CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Se instruye a la Superintendencia de Hidrocarburos postergar por 120 días la aplicación de los artículos 2, 3 y 4 del Decreto Supremo Nº 25535 de fecha 6 de octubre de 1999, referidos al cálculo del Margen de Refinería, Margen de Transportes Diferentes y Margen de Transportes de los Productos derivados del petróleo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 26609, 29 de abril de 2002 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se instruye a la Superintendencia de Hidrocarburos postergar por 120 días la aplicación de los artículos 2, 3 y 4 del D.S. 25535 de fecha 6 /10/ 1999. | ||||
Keywords | Gaceta 2398, 2002-05-09, Decreto Supremo, abril/2002 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24165 | ||||
Referencias | 2002.lexml | ||||
Creador | Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Alberto Zelada Castedo MINISTRO INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, Alberto Leytón Avilés, José Luis Lupo Flores, Oscar Guilarte Lujan, Jacques Trigo Loubiere, Carlos Alberto Goitia Caballero, Carlos Kempff Bruno, Ramón Daza Rivero MINISTRO INTERINO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES, Enrique Paz Argandoña, Juan Antonio Chahín Lupo, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mansilla Peña, Xavier Nogales Iturri, Hernán Terrazas Ergueta, Tomasa Yarhui Jacome. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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