CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Escala inversamente proporcional)
Artículo 2°.- (Incrementos para rentas de derechohabientes) El incremento a favor de los derechohabientes se realizará aplicando proporcionalmente la escala del inversamente proporcional establecido en el artículo anterior, de acuerdo a los porcentajes establecidos en las normas que rigen al efecto.
Artículo 3°.- (Pago retroactivo) El incremento inversamente proporcional de las rentas correspondientes a la presente gestión, será pagado en las rentas correspondientes al mes de abril del 2002, considerándose en el mismo pago el monto retroactivo correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo del 2002.
Norma | Bolivia: Escala del sistema inversamente proporcional del Sistema de Reparto, DS Nº 26600, 20 de abril de 2002 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | ESCALA DEL SISTEMA INVERSAMENTE PROPORCIONAL DEL SISTEMA DE REPARTO | ||||
Keywords | Gaceta 2393, 2002-04-29, Decreto Supremo, abril/2002 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24156 | ||||
Referencias | 2002.lexml | ||||
Creador | Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Leytón Avilés, José Luis Lupo Flores, Oscar Guilarte Lujan, Jacques Trigo Loubiere, Carlos Alberto Goitia Caballero, Carlos Kempff Bruno, Amalia Anaya Jaldín, Enrique Paz Argandoña, Juan Antonio Chahín Lupo, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mansilla Peña, Xavier Nogales Iturri, Hernán Terrazas Ergueta, Tomasa Yarhui Jacome. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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