CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Cuenta especial Dialogo 2000) El Tesoro General de la Nación de manera excepcional para la presente gestión efectuará la transferencia de los recursos obtenidos en el marco de la Iniciativa HIPC II a la Cuenta Especial “Diálogo 2000”, a partir del mes de abril de 2002, en nueve cuotas iguales y, en el mes de diciembre (fin de gestión), en base al total de recursos efectivamente obtenidos, se realizará el ajuste correspondiente.
Artículo 2°.- (Cuenta especial Fondo Solidario Municipal para la Educacion Escolar y Salud Publicas) El Tesoro General de la Nación de manera excepcional para la presente gestión efectuará la transferencia de los recursos obtenidos en el marco de la Iniciativa HIPC II a la Cuenta Especial “Fondo Solidario Municipal para la Educación Escolar y Salud Públicas”, a partir del mes de marzo de 2002, en diez cuotas iguales.
Queda derogado el Artículo 3 (EXCEPCION) del Decreto Supremo Nº 26537 de fecha 6 de marzo de 2002.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 26560, 27 de marzo de 2002 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | El TGN efectuará la transferencia de los recursos obtenidos en el marco de la Iniciativa HIPC II a la Cuenta Especial “Diálogo 2000”. | ||||
Keywords | Gaceta 2387, 2002-04-19, Decreto Supremo, marzo/2002 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24116 | ||||
Referencias | 2002.lexml | ||||
Creador | Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, Alberto Leytón Avilés, José Luis Lupo Flores, Oscar Guilarte Lujan, Jacques Trigo Loubiere, Carlos Alberto Goitia Caballero, Carlos Kempff Bruno, Amalia Anaya Jaldín, Enrique Paz Argandoña, Juan Antonio Chahín Lupo, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mansilla Peña, Xavier Nogales Iturri, Hernán Terrazas Ergueta, Tomasa Yarhui Jacome. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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