CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Instruccion) Se instruye a la Corporación Minera de Bolivia, la ejecución del Programa de Empleo de Emergencia en los distritos mineros de los Departamentos de Potosí, Oruro y La Paz, basado en labores de mejoramiento de infraestructura productiva que contemplará mantenimiento de caminos, limpieza de parajes, rehabilitación de accesos y otras actividades similares relacionadas a las labores mineras.
Artículo 2°.- (Financiamiento) El Ministerio de Hacienda realizara las gestiones correspondientes para conseguir hasta $us.2.000.000 (Dos millones de Dólares Americanos), para financiar el Programa de Empleo Minero de Emergencia. Estos recursos serán transferidos por el Ministerio de Hacienda a COMIBOL en su calidad de Entidad Ejecutora.
Artículo 3°.- (Vigencia de normas) Quedan derogados los Artículos 1 y 3 del Decreto Supremo Nº 26354 de 17 de octubre de 2001.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 26515, 21 de febrero de 2002 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se instruye a la COMIBOL, la ejecución del Programa de Empleo de Emergencia en los distritos mineros de los Departamentos de Potosí, Oruro y La Paz | ||||
Keywords | Gaceta 2379, 2002-03-01, Decreto Supremo, febrero/2002 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24071 | ||||
Referencias | 2002.lexml | ||||
Creador | Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ. Gustavo Fernández Saavedra, José Luís , Lupo Flores, Leopoldo Fernández Ferreira, Oscar Guilarte Lujan, Jacques Trigo Loubiere, Mario Serrate Ruíz, Carlos Kempff Bruno, Amalia Anaya Jaldín, Enrique Paz Argandoña, Juan Antonio Chahín Lupo, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mansilla Peña, Xavier Nogales Iturri, Mauro Bertero Gutiérrez, Wigberto Rivero Pinto. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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