CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Incorporacion de industrias) Se incorpora dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 25305, a todas las industrias, incluyendo a la industria minera, que se instalen en el departamento de Potosí.
Artículo 2°.- (Regimen tributario o aduanero) Sin perjuicio del tratamiento previsto en el Decreto Supremo Nº 25305, los inversionistas sujetos a este tratamiento, podrán acogerse a otros regímenes aduaneros o de tratamiento impositivo a las exportaciones legalmente vigentes.
Artículo 3°.- (Plazo para la reglamentacion) Se faculta a los Ministros de Desarrollo Económico y de Hacienda, para que en el plazo máximo de noventa (90) días, reglamenten el presente Decreto Supremo mediante Resolución Bi-Ministerial.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 26512, 21 de febrero de 2002 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se incorpora dentro de los alcances del Decreto Supremo N° 25305, a todas las industrias, incluyendo a la industria minera, que se instalen en el departamento de Potosí. | ||||
Keywords | Gaceta 2379, 2002-03-01, Decreto Supremo, febrero/2002 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/24068 | ||||
Referencias | 2002.lexml | ||||
Creador | Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, José Luís Lupo Flores, Leopoldo Fernández Ferreira, Oscar Guilarte Lujan, Jacques Trigo Loubiere, Mario Serrate Ruíz, Carlos Kempff Bruno, Amalia Anaya Jaldín, Enrique Paz Argandoña, Juan Antonio Chahín Lupo, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mansilla Peña, Xavier Nogales Iturri, Mauro Bertero Gutiérrez, Wigberto Rivero Pinto. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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