CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Se autoriza al señor Ministro de Hacienda, en representación del Tesoro General de la Nación, a suscribir los contratos de fideicomiso con la Nacional Financiera Boliviana Sociedad Anónima Mixta (NAFIBO SAM) y con el Fondo de Desarrollo del Sistema Financiero y de Apoyo al Sector Productivo (FONDESIF) para la administración del programa de Fortalecimiento Patrimonial (PROFOP), en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 2196 de 4 de mayo de 2001, Decreto Supremo Nº 26204 de 1 de junio de 2001, Decreto Supremo Nº 26254 de 20 de julio de 2001 y Decreto Supremo Nº 26288 de 22 de agosto de 2001; en un plazo no mayor a quince (15) días a partir de la promulgación del presente Decreto Supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 26343, 29 de septiembre de 2001 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se autoriza al señor Ministro de Hacienda, suscribir los contratos de fideicomiso con NAFIBO SAM y con el FONDESIF para la administración del programa de Fortalecimiento Patrimonial PROFOP. | ||||
Keywords | Gaceta 2347, 2001-10-16, Decreto Supremo, septiembre/2001 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23899 | ||||
Referencias | 2001.lexml | ||||
Creador | Fdo. JORGE QUIROGA RAMIREZ, Gustavo Fernández Saavedra, José Luís Lupo Flores, Leopoldo Fernández Ferreira, Oscar Guilarte Lujan, Jacques Trigo Loubiere, Mario Serrate Ruíz, Carlos Kempff Bruno, Amalia Anaya Jaldín, Enrique Paz Argandoña, Jorge Pacheco Franco, Walter Núñez Rodríguez, Ramiro Cavero Uriona, Claudio Mancilla Peña, Xavier Nogales Iturri, Mauro Bertero Gutiérrez, Wigberto Rivero Pinto. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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