Bolivia: Decreto Supremo Nº 26111, 16 de marzo de 2001

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Gobierno Nacional ha comprometido su apoyo al Programa de Modernización e Institucionalización de la Aduana Nacional, siendo preciso dotar a esa entidad de infraestructura apropiada para el desempeño de sus funciones.
  • Que la Aduana Nacional cuenta con los recursos necesarios para adquirir el inmueble que en cumplimiento de los Decretos Supremos Nº 25683 de 25 de febrero de 2000 y Nº 25778 de 19 de mayo de 2000, fue transferido por la Unidad de Reordenamiento del Ministerio de Comercio Exterior a favor del Ministerio de Hacienda, denominado ex FONCOMIN.
  • Que el Tesoro General de la Nación requiere de recursos para el pago de las obligaciones que el fueron transferidas por la Ley de Pensiones, siendo conveniente a los intereses del Estado transferir a título oneroso el inmueble citado en el párrafo anterior a favor de la Aduana Nacional, asimismo, dotar al Ministerio de Hacienda de otro inmueble de la liquidación de los entes gestores.
  • Que el Poder Legislativo, en ejercicio de la atribución contenida en el numeral 8 del artículo 59 de la Constitución Política del Estado, mediante “Ley Nº 2042 de Administración Presupuestaria de 21 de diciembre de 1999”, artículo 18, autorizó al Ministerio de Hacienda a recibir de la liquidación de las entidades comprendidas en los artículos 55 y 56 de la Ley de Pensiones Nº 1732 de 29 de noviembre de 1996, la transferencia de bienes inmuebles por concepto de reposición de recursos que el Tesoro General de la Nación asignó y asignará para el cumplimiento de las obligaciones establecidas por la ley de Pensiones.
  • Que el artículo 17, de la misma Ley autoriza al Ministerio de Hacienda a proceder con la enajenación de bienes muebles, maquinaria, equipos y otros activos de entidades públicas transferidas al Tesoro General de la Nación por efecto de su liquidación y/o reestructuración.
  • Que entre los bienes inmuebles cuya liquidación se encuentra a cargo de la Unidad de Reordenamiento del Ministerio de Comercio Exterior e Inversión, se encuentra próximo al edificio central del Ministerio de Hacienda, el inmueble que perteneció al ex-Fondo Complementario de Seguridad Social de la Administración Pública FOCSSAP, ubicado en la calle Loayza Nº 612 esquina Ballivian de esta ciudad.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 18 de la “Ley Nº 2042 de Administración Presupuestaria de 21 de diciembre de 1999”, el Ministerio de Comercio Exterior e Inversión a través de la Unidad de Reordenamiento, transferirá el bien inmueble ubicado en la calle Loayza Nº 612 esquina Ballivian de la ciudad de La Paz, que perteneció al ex Fondo Complementario de Seguridad Social de la Administración Pública (FOCSSAP), más muebles, equipos, líneas telefónicas y accesorios adheridos o instalados en el inmueble, a favor del Ministerio de Hacienda.
La transferencia será realizada con cargo a los recursos que el Tesoro General de la Nación, asignó o asignará para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Pensiones. El valor a consignarse, será el obtenido de avalúos practicados hasta la fecha, a falta de éstos, el registrado en libros o catastral.

Artículo 2°.- Con carácter previo al perfeccionamiento de la transferencia del inmueble referido, a favor del Ministerio de Hacienda, la liquidación del Fondo Complementario de Seguridad Social de la Administración Pública, a cargo de la Unidad de Reordenamiento del Ministerio de Comercio Exterior e Inversión, procederá al saneamiento legal del derecho propietario del inmueble, entre tanto se autoriza la suscripción de un contrato de comodato.

Artículo 3°.- Se autoriza al Ministerio de Hacienda, transferir a título oneroso el bien inmueble ubicado en la Avenida 20 de Octubre Nº 2038 de la ciudad de La Paz, más muebles, equipos, líneas telefónicas, accesorios adheridos o instalados en el inmueble y obras realizadas, a favor de la Aduana Nacional para el funcionamiento de su oficina nacional y demás dependencias.
El valor a consignarse, será el obtenido de avalúos practicados hasta la fecha, a falta de éstos, el registrado en libros o catastral.


Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Hacienda, y de Comercio Exterior e Inversión, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil uno.
Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Fernando Messmer Trigo MINISTRO INTERINO DE RR. EE. Y CULTO, Marcelo Pérez Monasterios, Guillermo Fortún Suárez , Oscar Vargas Lorenzetti, José Luis Lupo Flores, Luis Vásquez Villamor, Carlos Saavedra Bruno, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Jorge Pacheco Franco, Hugo Carvajal Donoso, Ronald Mac Lean Abaroa, Claudio Mancilla Peña, Rubén Poma Rojas, Hernán Terrazas Ergueta MINISTRO INTERINO SIN CARTERA RESPONSABLE DE LA INFORMACION GUBERNAMENTAL, Wigberto Rivero Pinto.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 26111, 16 de marzo de 2001
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioEl Ministerio de Comercio Exterior e Inversión transferirá el bien inmueble ubicado en la calle Loayza N° 612 esquina Ballivian de la ciudad de La Paz, ex FOCSSAP, a favor del Ministerio de Hacienda.
KeywordsGaceta 2298, 2001-03-19, Decreto Supremo, marzo/2001
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23669
Referencias2001.lexml
CreadorFdo. HUGO BANZER SUAREZ, Fernando Messmer Trigo MINISTRO INTERINO DE RR. EE. Y CULTO, Marcelo Pérez Monasterios, Guillermo Fortún Suárez , Oscar Vargas Lorenzetti, José Luis Lupo Flores, Luis Vásquez Villamor, Carlos Saavedra Bruno, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Jorge Pacheco Franco, Hugo Carvajal Donoso, Ronald Mac Lean Abaroa, Claudio Mancilla Peña, Rubén Poma Rojas, Hernán Terrazas Ergueta MINISTRO INTERINO SIN CARTERA RESPONSABLE DE LA INFORMACION GUBERNAMENTAL, Wigberto Rivero Pinto.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-19940812] Bolivia: Constitución política de 1994, 12 de agosto de 1994
Constitución política de 1967 con reformas de 1994
[BO-L-2042] Bolivia: Ley de Administracion Presupuestaria, 21 de diciembre de 1999
Ley de Administracion Presupuestaria. Publicada en Gaceta Oficial de Bolivia N° 2193
[BO-DS-25683] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25683, 25 de febrero de 2000
El Ministerio de Comercio Exterior e Inversión transferirá el inmueble del ex Foncomin de la ciudad de La Paz en favor del Ministerio de Hacienda
[BO-DS-25778] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25778, 19 de mayo de 2000
En la transferencia del inmueble exFONCOMIN, comprenderá también los muebles, equipos y accesorios adheridos o instalados en el predio, lineas telefónicas y otros bienes muebles en favor del Ministerio de Hacienda.

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