Bolivia: Decreto Supremo Nº 25898, 15 de septiembre de 2000

HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el Decreto Presidencial Nº 25437 de 21 de junio de 1999 ha creado el cargo de Ministro de Estado sin Cartera responsable de la información gubernamental, de conformidad con la Ley Nº 1788 de 16 de septiembre de 1997 y sus disposiciones reglamentarias, con el fin de ejercer las funciones de portavoz del Gobierno nacional y coordinar asi como supervisar el funcionamiento del sistema oficial de información;
  • Que las políticas de información a implementarse por el Gobierno nacional constituyen un proceso dinámico, en cuyo marco es necesario introducir ajustes específicos en la organización del Ministerio sin Cartera responsable de la Información Gubernamental;
  • Que el Poder Ejecutivo puede crear, reubicar o suprimir direcciones generales mediante decreto supremo, dentro la estructura técnica operativa de los ministerios, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 8 de la Ley Nº 1788 (LOPE) de 16 de septiembre de 1997;
  • Que es necesario emitir el correspondiente decreto supremo, para adecuar la organización y atribuciones del Ministerio sin Cartera responsable de la Información Gubernamental.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- (Direccion General de Difusion)

  1. Se incorpora al Ministerio sin Cartera responsable de la Información Gubernamental, la Dirección General de Difusión con dependencia directa del Viceministro de Información Gubernamental, para el cumplimiento de las atribuciones asignadas al Ministro.
  2. El Director General de Difusión tiene las siguientes atribuciones:
    1. Proporcionar asistencia técnica y asesoramiento a las instituciones del Poder Ejecutivo en la creación, diseño y elaboración de piezas comunicacionales, coordinando los medios para la producción y difusión, así como emitir las órdenes de publicidad y de trabajo.
    2. Administrar la Gaceta Oficial de Convocatorias en cuanto a la producción, distribución y promoción.
    3. Realizar el seguimiento y evaluación de la ejecución de campañas, medios de comunicación utilizados y recursos financieros comprometidos.
    4. Otras que el permitan el cumplimiento de sus funciones y se encuentren establecidas en el manual de organización y funciones del Ministerio:

Artículo 2°.- (Direccion General de Informacion)

  1. Se modifica la denominación de la Dirección General de Comunicación Social, dependiente del Ministerio sin Cartera responsable de la Información Gubernamental expresada en el artículo 2 del Decreto Presidencial Nº 25437, en la siguiente forma:
    Dirección General de Información
  2. El Director General de Información tiene las siguientes atribuciones:
    1. Proporcionar material informativo a los medios de comunicación social, para transmitir la información referida a políticas, planes y acciones de gobierno, así como informar al Presidente de la República y a las autoridades del Poder Ejecutivo.
    2. Coordinar con las unidades de comunicación de los diferentes ministerios del Poder Ejecutivo, la información que debe ser difundida.
    3. Supervisar y realizar el seguimiento a la Agencia Boliviana de Información (ABI) y Radio Illimani.
    4. Coordinar la cobertura y la comitiva de prensa de los viajes del Presidente de la República al exterior.
    5. Otras que el permitan el cumplimiento de sus atribuciones y se encuentren establecidas en el manual de organización y funciones del Ministerio.
  3. El Director General de Información tendrá dependencia directa del Viceministro de Información Gubernamental.

Artículo 3°.- (Disposiciones finales) La incorporación de la Dirección General de Difusión al Ministerio y la modificación de la Dirección General de Información, no constituirán ninguna carga adicional al Tesoro General de la Nación, tampoco implicará crecimiento burocrático de ninguna naturaleza.

Artículo 4°.- (Vigencia de normas)

  1. Quedan modificados el artículo 2 del Decreto Presidencial Nº 25437 de 21 de junio de 1999 y el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 25482 de 10 de agosto de 1999, en la forma expresada en el presente decreto.
  2. Se deroga todas las disposiciones legales contrarias a este decreto supremo.


El señor Ministro de Estado sin Cartera responsable de la Información Gubernamental queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de septiembre del año dosmil.
Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Walter Guiteras Denis, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, Ronald Mac Lean Abaroa, Juan Antonio Chahin Lupo, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Luis Vásquez Villamor, Oswaldo Antezana Vaca Diez, José Luis Carvajal Palma, Humberto Bohrt Artieda, MINISTRO INTERINO DE COMERCIO EXTERIOR E INVERSION, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 25898, 15 de septiembre de 2000
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioSe incorpora al Ministerio Sin Cartera Responsable de la Información Gubernamental, la Dirección General de Difusión y la Dirección General de Información.
KeywordsGaceta 2243, 2000-09-15, Decreto Supremo, septiembre/2000
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23461
Referencias2000.lexml
CreadorFdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Walter Guiteras Denis, Guillermo Fortún Suárez, Oscar Vargas Lorenzetti, Ronald Mac Lean Abaroa, Juan Antonio Chahin Lupo, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga, Guillermo Cuentas Yañez, Luis Vásquez Villamor, Oswaldo Antezana Vaca Diez, José Luis Carvajal Palma, Humberto Bohrt Artieda, MINISTRO INTERINO DE COMERCIO EXTERIOR E INVERSION, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1788] Bolivia: Ley de Organización del Poder Ejecutivo, 16 de septiembre de 1997
Ley de Organización del Poder Ejecutivo
[BO-DS-25482] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25482, 10 de agosto de 1999
Marco Institucional del MInisterio sin Cartera, Responsable de la Información Gubernamental.

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