CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Exigibilidad de la prestacion por muerte) Los Derechohabientes de afiliados miembros de las FF. AA., exigirán las prestaciones por muerte del Seguro Social Obligatorio (SSO), en el plazo de treinta y seis (36) meses de haber fallecido el causante, de acuerdo al siguiente procedimiento:
Artículo 2°.- (Fecha de devengamiento de la pension por muerte) La pensión por muerte, devengará a partir de la fecha de formalización del trámite con la presentación de la solicitud de pensión por Muerte, de acuerdo al numeral ii del artículo precedente, y conforme a lo dispuesto por el artículo 43 del Decreto Supremo Nº 24469 de 22 de enero de 1997.
Artículo 3°.- (Retroactividad) Los efectos de la aplicación del artículo primero del presente Decreto Supremo, por tratarse de una disposición de naturaleza social y de orden público, tendrán carácter retroactivo, aplicables a los derechos emergentes al fallecimiento del afiliado de las FF. AA. ocurrido a partir del 1 de mayo de 1997.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 25820, 21 de junio de 2000 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Exigibilidad de la prestación por muerte por los Derechohabientes de afiliados miembros de las FF.AA., en el plazo de treinta y seis (36) meses. | ||||
Keywords | Gaceta 2229, 2000-07-07, Decreto Supremo, junio/2000 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/23383 | ||||
Referencias | 2000.lexml | ||||
Creador | Fdo. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Walter Guiteras Denis, Guillermo Fortún Suárez, Edmundo San Martín Ballivián, MINISTRO INTERINO DE DEFENSA NACIONAL, Ronald Mac Lean Abaroa, Juan Antonio Chahin Lupo, José Luis Lupo Flores, Tito Hoz de Vila Quiroga, José Alfredo Henicke Bruno, MINISTRO INTERINO DE SALUD Y PREVISION SOCIAL, Luis Vásquez Villamor, Oswaldo Antezana Vaca Diez, José Luis Carvajal Palma, Carlos Saavedra Bruno, Rubén Poma Rojas, Manfredo Kempff Suárez. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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