Considerando:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Los fondos resultantes de los descuentos dispuestos por paros y huelgas e inasistencias injustificadas, serán destinados al Programa de Apoyo Solidario a las Escuelas, PASE, para su respectiva asignación por la gestión 1998 y siguientes, con carácter permanente e indefinido.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 25140, 31 de agosto de 1998 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Los fondos resultantes de los descuentos dispuestos por paros y huelgas e inasistencia injustificadas de educación, serán destinados al Programa de Apoyo Solidario a las Escuelas, PASE. | ||||
Keywords | Decreto Supremo, agosto/1998 | ||||
Origen | http://www.lexivox.org/norms/BO-DS-25140.html | ||||
Referencias | 15257-29635.lexml | ||||
Creador | FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha. Carlos Iturralde Ballivián. Guido Náyar Parada. Fernando Kieffer Guzmán. Herbert Müller Costas. Ana Maria Cortéz de Soriano, Jorge Pacheco Franco. Tito Hoz de Vila Quiroga, Tonchy Marinkovic Uzqueda, Leopoldo López Cossio, Oswaldo Antezana Vaca Diez,Erick Reyes Villa Bacigalupi. Jorge Crespo Velasco. Amparo Ballivián Valdés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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