Bolivia: Decreto Supremo Nº 24772, 31 de julio de 1997

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Considerando:

  • Que en fecha 21 de Diciembre de 1994 se promulgó la Ley de Electricidad Nº 1604 la misma que requiere ser reglamentada para su correcta aplicación;
  • Que dicha Ley en su Artículo 61 referencia a la electrificación de poblaciones menores y en el área rural;
  • Que el Artículo 67 de la citada Ley dispone su reglamentaron por el Poder Ejecutivo;
  • Que se hace necesario incentivar la electrificación rural facilitando la ejecución de proyectos a fin de coadyuvar el desarrollo de las poblaciones menores y del área rural.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo Único.- Apruébase el Reglamento de Electrificación Rural a la Ley Nº 1604 (Ley de Electricidad) de fecha 21 diciembre de 1,994, que consta de 8 capítulos y 34 artículos, cuyo texto en Anexo forma parte del presente Decreto Supremo.


El señor Ministro en el Despacho sin Cartera Responsable de Desarrollo Económico queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los treinta y un días del mes de julio de mil novecientos noventa y siete años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Víctor Hugo Candas Zannier. Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO AMBIENTE, René Oswaldo Blattmann Bauer, Femando Candía Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Alberto Vargas Covarrubias, Mauricio Antezana Villegas, Edgar Saravia Durnik, MINISTRO SUPLENTE SIN CARTERA RESPONSABLE DE CAPITALIZACION, Jaime Villalobos Sanjinés.

Anexo
Reglamento de Electrificacion Rural

Reglamento de Electrificacion Rural

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 24772, 31 de julio de 1997
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioApruébase el Reglamento de Electrificación Rural a la Ley No. 1604 (Ley de Electricidad) de fecha 21 diciembre de 1,994.
KeywordsDecreto Supremo, julio/1997
Origenhttp://www.lexivox.org/norms/BO-DS-24772.html
Referencias15257-29635.lexml
CreadorFDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Víctor Hugo Candas Zannier. Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y MEDIO AMBIENTE, René Oswaldo Blattmann Bauer, Femando Candía Castillo, Franklin Anaya Vásquez, Alberto Vargas Covarrubias, Mauricio Antezana Villegas, Edgar Saravia Durnik, MINISTRO SUPLENTE SIN CARTERA RESPONSABLE DE CAPITALIZACION, Jaime Villalobos Sanjinés.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1604] Bolivia: Ley de Electricidad, 21 de diciembre de 1994
Ley de Electricidad
[BO-RE-DS24772] Bolivia: Reglamento de Electrificacion Rural, 31 de julio de 1997
Reglamento

Referencias a esta norma

[BO-DS-25379] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25379, 10 de mayo de 1999
Sustitúyese el artículo 32 del reglamento de Electrificación Rural.
[BO-DS-25756] Bolivia: Decreto Supremo Nº 25756, 27 de abril de 2000
Modifícase el Reglamento de Electrificación Rural, aprobado por Decreto Supremo Nº 24772 de fecha 31 /07/ 1997.

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.