Bolivia: Decreto Supremo Nº 24431, 5 de diciembre de 1996

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que el artículo tercero de la Ley Nº 1544 de 21 de marzo de 1994 (Ley de Capitalización) establece que el Poder Ejecutivo dispondrá, mediante Decreto Supremo, la capitalización de cada una de las sociedades de economía mixta constituidas según lo prescrito por la Ley de Capitalización.
  • Que el artículo cuarto de la Ley de Capitalización establece que la capitalización de las sociedades de economía mixta se realizará por el incremento de su capital, mediante nuevos aportes provenientes de inversionistas privados, nacionales y/o extranjeros, quienes serán seleccionados y los montos de sus aportes determinados a través de licitación pública internacional.
  • Que el artículo cuarto de la Ley de Capitalización también establece que los inversionistas y/o los administradores de las empresas capitalizadas suscribirán un contrato de administración con la sociedad de economía mixta respectiva.
  • Que de conformidad con la resolución suprema 215485 de 30 de marzo de 1995, el Ministro sin Cartera Responsable de Capitalización ha presentado el Informe de Recomendación de la Comisión Calificadora para la Capitalización de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), de fecha 5 de diciembre de 1996, mediante el cual se recomienda adjudicar en favor del Proponente CONSORCIO ENRON TRANSPORTADORA (BOLIVIA) S. A.- SHELL OVERSEAS HOLDING LTD. las acciones a ser emitidas para la capitalización de la Transportadora Boliviana de Hidrocarburos Sociedad de Economía Mixta (TBH S. A. M.), al haber ofertado la propuesta económica por el monto más alto, que asciende a la suma de DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS mil 00/100 DÓLARES AMERICANOS ($us.263.500.000.-), dentro de la “Licitación Pública Internacional para la Capitalización de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) REF.: MC-05/95.”.
  • Que el Contrato de Enmienda que modifica el Contrato de Asociación Accidental con Pacto de Accionistas de 9 de diciembre de 1994, suscrito por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) y Enron (Bolivia) C. V., aprobado mediante Decreto Supremo Nº 24354 de 23 de agosto de 1996, establece que el Ministerio sin Cartera Responsable de Capitalización decidirá si Enron participa o no en el proceso de capitalización de YPFB, y en su caso, las condiciones de dicha participación.
  • Que el Ministerio sin Cartera Responsable de Capitalización ha comunicado a Enron que podrá participar en el proceso de capitalización de la Unidad de Transporte de YPFB si es parte de un proponente que sea consorcio, en forma conjunta con otros preseleccionados, no pudiendo su participación en el consorcio ser superior al cincuenta por ciento (50%) y en caso de resultar adjudicatario dicho consorcio, Enron deberá ceder el cincuenta por ciento (50%) de su participación en el Contrato de Asociación Accidental con Pacto de Accionistas mencionado, en favor de los otros miembros del consorcio.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Dispónese la capitalización de la Transportadora Boliviana de Hidrocarburos Sociedad de Economía Mixta (TBH S. A. M.), en cumplimiento de lo previsto por el artículo tercero de la Ley de Capitalización.

Artículo 2°.- Adjudícase en favor del Proponente CONSORCIO ENRON TRANSPORTADORA (BOLIVIA) S. A.- SHELL OVERSEAS HOLDING LTD., las acciones a ser emitidas para la capitalización de la Transportadora Boliviana de Hidrocarburos Sociedad de Economía Mixta (TBH S. A. M.), por el monto de DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS mil 00/100 DÓLARES AMERICANOS ($us.263.500.000.-), de conformidad a los Términos de Referencia de la Licitación Pública Internacional (Segunda Etapa) REF.: MC-05/95.

Artículo 3°.- Autorízase al Ministro sin Cartera Responsable de Capitalización a suscribir el Contrato de Suscripción de Acciones y el Contrato de Administración correspondientes a la Transportadora Boliviana de Hidrocarburos Sociedad de Economía Mixta (TBH S. A. M.), que deberán ser protocolizados ante Notario de Minas y Petróleos, debiendo cobrarse únicamente DIEZ 00/100 BOLIVIANOS (Bs10.-) por hoja.

Artículo 4°.- Autorízase a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) a ceder y transferir en favor de la Transportadora Boliviana de Hidrocarburos Sociedad de Economía Mixta (TBH S. A. M.) los derechos y obligaciones emergentes del Contrato de Asociación Accidental con Pacto de Accionistas celebrado con la empresa Enron (Bolivia) C. V., con las formalidades de ley. A estos efectos, el Presidente Ejecutivo de YPFB queda autorizado a suscribir los documentos correspondientes.


Los Señores Ministros de Estado en los despachos sin Cartera Responsable de Capitalización y sin Cartera Responsable de Desarrollo Económico quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y seis años.
Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Franklin Anaya Vásquez, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, Raúl España Smith, Fernando Candia Castillo, Freddy Teodovich Ortiz, Moisés Jarmusz Levy, Hugo San Martín Arzabe, Mauricio Balcázar Gutiérrez, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 24431, 5 de diciembre de 1996
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDispónese la capitalización de la Transportadora Boliviana de Hidrocarburos Sociedad de Economía Mixta (TBH S.A.M.).
KeywordsGaceta 1964, 1996-12-05, Decreto Supremo, diciembre/1996
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/12009
Referencias1996.lexml
CreadorFdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Franklin Anaya Vásquez, Alfonso Erwin Kreidler Guillaux, José Guillermo Justiniano Sandoval, Raúl España Smith, Fernando Candia Castillo, Freddy Teodovich Ortiz, Moisés Jarmusz Levy, Hugo San Martín Arzabe, Mauricio Balcázar Gutiérrez, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés.
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Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1544] Bolivia: Ley de Capitalización, 21 de marzo de 1994
Ley de Capitalización
[BO-DS-24354] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24354, 23 de agosto de 1996
Se aprueba en sus seis (6) cláusulas y un (1) anexo, el contrato de enmienda que modifica el contrato de asociación accidental con pacto de accionistas del 9 /12/ 1994 suscrito por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos y ENRON (Bolivia) C.V.

Referencias a esta norma

[BO-DS-24617] Bolivia: Decreto Supremo Nº 24617, 14 de mayo de 1997
Se instruye a YPFB la suscripción de contratos, con transredes.

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