Bolivia: Decreto Supremo Nº 24385, 15 de octubre de 1996

VICTOR HUGO CARDENAS CONDE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

  • Que la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, por medio del Instituto de Capacitación de ENTEL, y la Universidad Mayor de San Andrés, mediante la Carrera de Ingeniería Electrónica, firmaron un acta de entendimiento, el 15 de agosto de 1990, para impulsar la formación de una red no comercial de comunicación de datos en Bolivia, con la asistencia del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), en el marco del proyecto RLA/88/031/A/01/31, con el fin de integrar a la comunidad académica boliviana en redes de información:
  • Que se organizó como resultado la Red Boliviana de Comunicación de Datos (BOLNET), que ha logrado establecer una infraestructura básica para la prestación de servicios de valor agregado en el campo de la transmisión de datos;
  • Que la Subsecretaría de Inversión Pública y Financiamiento Externo del Ministerio de Hacienda suscribió el 4 de junio de 1994, a fin de impulsar el desarrollo de la red BOLNET, un acuerdo de cooperación técnica con el PNUD, para llevar a cabo el proyecto BOL/94/017/A/01/99 Red Boliviana de Comunicación de Datos (BOLNET) Fortalecimiento Institucional, teniendo como organismo ejecutor a la Vicepresidencia de la República;
  • Que BOLNET ha establecido, en el marco del citado acuerdo, conexiones con INTERNET y su articulación al sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, instituido mediante el Decreto Supremo Nº 22908 de 23 de septiembre de 1991, cuyo órgano superior es el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT), que preside el señor Vicepresidente de la República;
  • Que el CONACYT ha suscrito un convenio de cooperación con la Empresa Nacional de Telecomunicaciones S. A. el 29 de febrero de 1996, para la prestación de los servicios INTERNET en Bolivia, conjunta ENTEL-BOLNET.
  • Que se hace necesario institucionalizar la integración de BOLNET en el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, para el adecuado cumplimiento del mencionado convenio y consolidar la red nacional de transmisión de datos;
  • Que el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología ha determinado, mediante resolución interna CONACYT 01/96 de 24 de mayo de 1996, incorporar la Red de BOLNET en la estructura del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología como un proyecto especial con autonomía técnica, administrativa y financiera, sujeto a un reglamento.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1°.- Confírmase la resolución CONACYT 01/96 de 24 de mayo de 1996, que incorpora la red BOLNET en la estructura del Consejo Nacional de Ciencia y Teconología, como un proyecto especial con autonomía técnica, administrativa y financiera, que se regirá por un reglamento.

Artículo 2°.- El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología someterá a consideración del Poder Ejecutivo, el proyecto de reglamento a que se refiere el artículo anterior.

Artículo 3°.- BOLNET está autorizada a prestar servicios de valor agregado en el campo de la transmisión de datos, dentro del país y con el exterior, bajo el convenio de cooperación entre el CONACYT y ENTEL S. A. y de conformidad a la Ley de Telecomunicaciones.

Artículo 4°.- BOLNET administrará los recursos que genere por la venta de sus servicios, de acuerdo a las normas legales vigentes en la materia y a su reglamento.


Los señores Ministros de Estado en los despachos de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente, Desarrollo Humano y sin Cartera responsable de Desarrollo Económico quedan encargados del cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de octubre de mil novecientos noventa y seis años.
Fdo. VICTOR HUGO CARDENAS CONDE, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPUBLICA, Eduardo Trigo O'Connor d'Arlach, Carlos Sánchez Berzaín, Jorge Otasevic Toledo, José Guillermo Justiniano Sandoval, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA Y SUPLENTE DE JUSTICIA, Fernando Candia Castillo, Freddy Teodovich Ortíz, Moisés Jarmúsz Levy, Reynaldo Peters Arzabe, Guillermo Richter Ascimani, Alfonso Revollo Thenier, Douglas Ascarrunz Eduardo, MINISTRO SUPLENTE SIN CARTERA RESPONSABLE DE DESARROLLO ECONOMICO.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Decreto Supremo Nº 24385, 15 de octubre de 1996
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoDS
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioConfírmase la resolución CONACYT 01/96 de 24 /05/ 1,996, que incorpora la red BOLNET en la estructura del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
KeywordsGaceta 1956, 1996-10-25, Decreto Supremo, octubre/1996
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/11947
Referencias1996.lexml
CreadorFdo. VICTOR HUGO CARDENAS CONDE, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPUBLICA, Eduardo Trigo O'Connor d'Arlach, Carlos Sánchez Berzaín, Jorge Otasevic Toledo, José Guillermo Justiniano Sandoval, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA Y SUPLENTE DE JUSTICIA, Fernando Candia Castillo, Freddy Teodovich Ortíz, Moisés Jarmúsz Levy, Reynaldo Peters Arzabe, Guillermo Richter Ascimani, Alfonso Revollo Thenier, Douglas Ascarrunz Eduardo, MINISTRO SUPLENTE SIN CARTERA RESPONSABLE DE DESARROLLO ECONOMICO.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-DS-22908] Bolivia: Decreto Supremo Nº 22908, 23 de septiembre de 1991
El Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología se define como el conjunto de organismos, instituciones, personas naturales y jurídicas dedicadas a la administración, ejecución y aplicación de actividades científicas y tecnológicas; en particular la formación de recursos humanos, investigación, desarrollo, información, consultorio e ingeniería y utilización del conocimiento.

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