CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- El Comité Nacional del Festival Internacional de la Cultura Sucre Potosí a que se refiere el artículo primero del Decreto Supremo Nº 23787 de 20 de mayo de 1994 estará presidido por el Vicepresidente de la República e integrado por el Secretario Nacional de Cultura, el Secretario Nacional de Turismo, los prefectos de los departamentos de Chuquisaca y Potosí, el Alcalde Municipal de la ciudad de Sucre y el Alcalde Municipal de la ciudad de Potosí.
Artículo 2°.- El Secretario Nacional de Cultura desempeñará las funciones de Director ejecutivo del festival, facultándose al Comité Nacional designar a un Coordinador general. Se constituirán comités departamentales, tanto en Sucre como en Potosí, formados por dos miembros del respectivo consejo municipal, dos representantes de la correspondiente prefectura de departamento y un representante del ejecutivo municipal. Cada uno de los comités departamentales elevará al Comité Nacional terna para que éste nombre a los respectivos coordinadores departamentales.
Artículo 3°.- Los recursos económicos para la organización y funcionamiento de los festivales serán aportados principalmente por la Secretaría Nacional de Cultura, las prefecturas de los departamentos de Chuquisaca y Potosí y las respectivas municipalidades, sin perjuicio de los que pudiera obtener directamente el Comité Nacional.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24270, 18 de abril de 1996 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | El Comité Nacional del Festival Internacional de la Cultura Sucre Potosí estará presidido por el Vicepresidente de la República e integrado por el Secretario Nacional de Cultura, el Secretario Nacional de Turismo, los prefectos de los departamentos de Chuquisaca y Potosí, el Alcalde Municipal de la ciudad de Sucre y el Alcalde Municipal de la ciudad de Potosí. | ||||
Keywords | Gaceta 1931, 1996-04-22, Decreto Supremo, abril/1996 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/16164 | ||||
Referencias | 1996.lexml | ||||
Creador | Fdo. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga, Carlos Sánchez Berzaín, Jorge Otasevic Toledo, José Guillermo Justiniano Sandoval, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE COMUNICACIÓN SOCIAL, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo, Freddy Teodovich Ortíz, Moisés Jarmúsz Levy, Reynaldo Peters Arzabe, Alfonso Revollo Thenier, Jaime Villalobos Sanjinés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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