Considerando:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo 1°.- Los pasivos tributarios que sean determinados en contra del Lloyd Aéreo Boliviano S.A.M. (LAB), con posterioridad a la fecha de cierre de su proceso de capitalización, por causas preexistentes a dicha fecha y que no hubiesen sido objeto de previsión contable en la empresa, serán asumidos por el Tesoro General de la Nación.
Artículo 2°.- Apruébase el ejercicio del derecho preferente para la suscripción de 22.689 acciones de nueva emisión del LAB, realizada por el Ministerio sin Cartera Responsable de Capitalización, y autorizase la suscripción y transferencia de dichas acciones en favor de la empresa Viacao Aérea Sao Paolo S.A. (VASP). a su valor de suscripción.
Artículo 3°.- Autorizase al Ministro sin Cartera Responsable de Capitalización a formalizar los ajustes y modificaciones necesarios al Contrato de Capitalización y Suscripción de Acciones y al Contrato de Administración del LAB.
.xsEl Señor Ministro en el despacho sin Cartera Responsable de Capitalización queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Norma | Bolivia: Decreto Supremo Nº 24166, 23 de noviembre de 1995 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | DS |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Los pasivos tributarios que sean determinados en contra del Lloyd Aéreo Boliviano S.A.M. (LAB), con posterioridad a la fecha de cierre de su proceso de capitalización, por causas preexistentes a dicha fecha y que no hubiesen sido objeto de previsión contable en la empresa, serán asumidos por el Tesoro General de la Nación. | ||||
Keywords | Decreto Supremo, noviembre/1995 | ||||
Origen | http://www.lexivox.org/norms/BO-DS-24166.html | ||||
Referencias | 15257-29635.lexml | ||||
Creador | FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Aranibar Quiroga. Carlos Sánchez Berzain, Jorge Otasevic Toledo, Jose G Jusiiniano Sandóval, René Oswaldo Blattmann Bauer, Fernando Candia Castillo. Freddy Teodovich Ortiz, Moisés Jarmúsz Levy, Reynaldo Peters Arzabe. Irving Alcaraz del Castillo, Alfonso Revollo Thenier. Jaime Villalobos Sanjinés. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.